El Tribunal Supremo, en una providencia de 15 de julio de 2019 a la que ha tenido acceso elEconomista, rechaza definitivamente que el Estado deba pagar 4.695 millones de euros, que la concesionaria de autopistas Abertis reclamaba al Estado por la diferencia entre el dinero invertido en la reforma de la autopista AP-7 y el dinero obtenido por el paso de los automóviles.
La conclusión de este procedimiento libera al Estado del pago de una gran deuda, que según fuentes del sector podría haber obligado a renovar la concesión de la autopista por una década más y, por tanto un respaldo a la desaparición de los peajes que han perseguido los últimos Gobierno.
Diversas fuentes judiciales consultadas por elEconomista han confirmado que con esta sentencia y el rechazo del incidente de nulidad presentado por Abertis "los automovilistas se han liberado de los peajes en las autopistas catalanas a partir de agosto de 2021".
Unas obras de ampliación
La providencia, de la que es ponente el magistrado Borrego Borrego, determina que en la sentencia de la Sala Tercera, de 4 de junio de 2019, que desestimó las demandas de Abertis "no existe vulneración alguna de la tutela judicial efectiva, ni incoherencia interna en la misma".
En 2006, la ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, y Acesa -cuyo capital lo ostenta en su totalidad Abertis Infraestucturas-, firmaron un convenio que recogía los términos de la ampliación de la AP-7 por el que la concesionaria se comprometió a invertir más de 471 millones de euros (de los que 451 corresponden a obras y otros 13 a las expropiaciones realizas) para ampliar la AP-7 en Girona y Tarragona.
Del total de la reclamación 890 millones corresponden a compensaciones por inversiones realizadas por la concesionaria en la ampliación y mejora de la autopista, y el resto de los millones reclamados corresponden a la compensación por el descenso del tráfico que pueda registrarse hasta el día en que concluye la concesión.
Interpretación pacífica
Hasta el dictamen del Consejo de Estado de 17 de diciembre de 2014, la interpretación del Convenio fue pacífica. Sin embargo, Acesa, en base a su interpretación del Convenio, tras fijar unilateralmente que el saldo de compensación ascendería en el año 2021, al finalizar la concesión, a 2.000 millones de euros, solicitó el 22 de noviembre de 2010 autorización al Ministerio de Fomento para ceder los derechos de cobro de dicho saldo a una entidad financiera, La Caixa.
La Abogacía del Estado, en su informe de 9 de diciembre de 2010, sostuvo que procedía denegar la autorización para ceder el saldo que resultase en 2021. La cesión de dicho crédito no fue autorizada, y ni Acesa ni La Caixa recurrieron dicha denegación.
En 2011, el 3 de octubre, la Abogacía del Estado en el Ministerio de Fomento emite un informe que concluye proponiendo iniciar el procedimiento para la reforma del Real Decreto 457/2006, que regulaba el acuerdo. En 2011, Acesa presenta sus primeras cuentas que son rechazadas por la Administración.
El 17 de diciembre de 2011, el Consejo de Estado emite el informe que el concesionario no tiene reconocido un derecho consolidado sobre los saldos anuales de compensación y que, en consecuencia, las cuentas que incluyan en ellos importes devengados por la disminución de tráficos en la autopista no deben ser censuradas favorablemente por la Administración.
En el convenio se recoge que seis meses antes del vencimiento del actual periodo concesional, Acesa debe comunicar al Ministerio de Fomento el Saldo de la Compensación de liquidación, adjuntando la liquidación provisional de la compensación económica que, una vez aprobada, previa verificación por la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, será satisfecha por la Administración General del Estado a Acesa, dentro de los seis meses siguientes a la fecha del actual vencimiento de la concesión.
Partida presupuestaria
Para ello, la Delegación del Gobierno impulsara, con la antelación suficiente, la creación de la partida presupuestaria dentro de los Presupuestos Generales del Estado.
En 2015, Acesa solicitó al Consejo de Ministros que la compensación se calculase en función de la evolución del tráfico, sin estar limitada dicha garantía al importe actualizado de las inversiones realizadas.
Ante el silencio de la Administración, Acesa inició la demanda ante los tribunales, que ahora se concluye con la providencia emitida por la Sala Tercera del TS.
Retrasos en la ejecución
España afronta en los próximos dos años el vencimiento de prácticamente la mitad de su red de autopistas de pago. El Gobierno de Pedro Sánchez anunció el pasado año que levantaría las barreras de aquellas vías de pago que agotaran su concesión hasta 2021. El 30 de noviembre de 2018 hizo lo propio con la primera de ellas, la AP-1 entre Burgos y Armiñón y el próximo 31 de diciembre le llega el turno a los tramos de la AP-7 entre Tarragona y Valencia y Valencia-Alicante y a la AP-4 entre Sevilla y Cádiz, gestionadas por Aumar, propiedad de Abertis. Suman 468 kilómetros.
En 2021 le llegará el turno a otros cuatro tramos de la AP-7 (La Jonquera-Montmelo, Montmelo-Papiol, Papiol-Tarragona y Papiol-Molins de Rei) y uno de la AP-2 Zaragoza-Mediterráneo. Estas autopistas son gestionadas por Acesa, cuya dueña es también Abertis. Suman 479 kilómetros. Asimismo, en 2021 vencen los contratos de Invicat, concesionaria igualmente del grupo que controlan Atlantia y ACS. Esta sociedad explota la C-32 Montgat-Tordera y la C-33 Barcelona-Montmelo, de 66 kilómetros. Se trata de dos autopistas de titularidad de la Generalitat de Cataluña. Aumar, Acesa e Invicat aportaron el 51,7% del resultado de Abertis en 2018.