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Aviso de Hacienda: empezará a multar a los que paguen en efectivo a partir de esta cantidad

 

Con el reciente apagón que sufrió nuestro país el pasado 28 de abril, se ha hecho más que evidente el considerable peso que tiene el dinero en efectivo en nuestra rutina. Acostumbrados a pagar con tarjeta, a muchos el corte de luz les pilló sin nada más que unas monedas en la cartera, aunque a partir de ahora seguro que confiarán más en el dinero en metálico para sus compras diarias. Es por esta razón que viene bien recordar que en España no se pueden pagar en efectivo ciertas cantidades de dinero, es más en caso de hacerlo podríamos ser sancionados económicamente.

Hasta hace unos años podíamos abonar en metálico un máximo de 2.500 euros. Ahora, tras la entrada en vigor de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, la cantidad de dinero que podemos pagar en efectivo es de 1.000 euros como máximo, aunque sea fraccionado. No obstante, hay supuestos en los que este margen puede aumentar dependiendo de quienes lo realicen.

No podemos pagar más de 1.000 euros en efectivo

Entendemos dinero en efectivo tanto el papel y la moneda metálica, nacional o extranjera, como los cheques o cualquier otro método de pago físico o electrónico al portador. Teniendo esto en cuenta, vemos que no podremos pagar en efectivo las transacciones comerciales de importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, un límite que aumenta hasta los 10.000 euros cuando el pagador sea una persona física que no tenga su domicilio fiscal en España.

Ignorar esta normativa supondrá una cuantiosa multa, equivalente al 25% de la cantidad que se pagó en efectivo a partir de los 1.000 euros. De este modo, si pagamos 5.000 euros en metálico, por ejemplo, la multa correspondería al 25% de dicho importe, o lo que es lo mismo, 1.250 euros, y así sucesivamente.

Guardar todos los tickets

Esta restricción al dinero en efectivo se engloba dentro del plan de prevención y lucha contra el fraude fiscal de Hacienda, que pretende regular los pagos en efectivo para determinadas transacciones en aras de cercar a los estafadores y a la economía sumergida.

En caso de detectar una acción sospechosa, la Agencia Tributaria podría pedir los justificantes de pago tanto al pagador como al comprador, por lo que deberán conservar los tickets que justifiquen la transacción al menos durante cinco años a modo de acreditación para comprobar que, efectivamente, se realizó de acuerdo con la legislación vigente en cuanto a fraude financiero.

Esto es porque en caso de superar el límite establecido de 1.000 euros para pagos en efectivo, el fraude prescribirá precisamente a los cinco años, empezando a contar desde el día en que se cometió el delito. Por su parte, la sanción derivada -que también prescribirá a los cinco años- comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que adquiere firmeza la resolución por la que se impone la sanción.

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