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Cabify logra llevar al TJUE la decisión que libró a Auro de trabajar en exclusiva con ella

  • El tribunal madrileño pregunta a europa si puede revisar la decisión del árbitro
Vehículo de Cabify. | EP
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Triunfo para Cabify en una batalla legal que ya parecía tener perdida. La compañía española ha logrado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJUE) eleve al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el conflicto que tiene con Auro, gigante de las VTC, desde hace más de cinco años después de que, primero, el laudo arbitral de la Cámara de Comercio de Madrid y segundo, el Tribunal Constitucional, determinaran que la cláusula que impedía a Auro operar sus licencias VTC fuera de la plataforma de Cabify restringía la competencia.

El fallo de la Corte de Garantías, del 2 de diciembre de 2024, liberó definitivamente al gigante de las VTC de la obligación de operar en exclusiva con Cabify.

El laudo arbitral anuló el 29 de diciembre de 2020 la polémica cláusula. Sin embargo, el TSJM, en una sentencia del 22 de octubre de 2021, anuló parcialmente el laudo. Auro recurrió al Constitucional, que le dio la razón, y solicitó al tribunal superior madrileño que dictara una nueva sentencia.

Cabify, tras conocer el fallo de la Corte de Garantías, pidió al TSJM que elevara la cuestión ante la justicia europea.

El tribunal madrileño, en un auto del 20 de marzo, recuerda que en su fallo de 2021 ya señaló que el laudo seleccionó de forma arbitraria aplicar el derecho nacional al caso en vez del derecho europeo, que prima sobre el interno. Según el TSJM, el laudo debió aplicar el Derecho de la competencia de la UE y analizar la validez del acuerdo restrictivo de la competencia conforme al artículo 101, sobre restricción de la competencia, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y a la jurisprudencia del TJUE. Al no haberlo hecho así, entendió que el razonamiento estaba viciado de raíz.

El tribunal recuerda que la jurisprudencia europea permite el control judicial de laudos arbitrales cuando resulte implicado el derecho de la Unión Europea, de modo que los tribunales pueden comprobar sus decisiones sobre restricción de la competencia. De lo contrario, señala el auto, cada laudo puede selección la aplicabilidad o no del derecho de la UE.

Por tanto, el tribunal superior de Madrid pregunta al TJUE si el juez nacional puede entrar a revisar el fondo de la decisión de un árbitro si en ella no aplica el derecho europeo. También, si este control judicial de un laudo puede verse limitado por la doctrina y el criterio del Tribunal Constitucional, en su fallo del 2 de diciembre de 2024.

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