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El Constitucional da la razón a Auro, que no tendrá que operar solo con Cabify ni pagarle 42 millones

  • La famosa compañía de vehículos le exigía exclusividad 
Vehículos VTC. | EFE
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El Tribunal Constitucional (TC) ha establecido que Auro no tendrá que operar con Cabify, y ha anulado un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que vulneraba la tutela judicial efectiva de la plataforma frente a las pretensiones de exclusividad de la empresa de vehículos VTC.

En una sentencia fechada el pasado 2 de diciembre a la que ha tenido acceso EFE, el TC indica que el TSJM, que tendrá que emitir un nuevo fallo, se excedió en sus competencias.

Los magistrados concluyen que cabe el control judicial externo de los laudos arbitrales por la inaplicación de normas que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado como de orden público.

Después de que Auro retirara las más de 1.000 licencias de vehículos VTC -las de su filial Cibeles- que ofrecía en la plataforma Cabify, ésta perdió aproximadamente un 20% de su flota en Madrid, y decidió acudir a un Tribunal de Arbitraje.

Cabify aseguraba que Auro había incumplido el pacto de no competencia en virtud del acuerdo firmado entre ambas en diciembre de 2018, y pedía que cesara inmediatamente de operar licencias VTC, además de solicitar una indemnización de 41,8 millones de euros.

El laudo daba en parte la razón a Auro, lo que en la práctica suponía que podía operar con otras plataformas distintas de Cabify, como Uber.

Pero Cabify acudió al TSJM, que en octubre de 2021 estimó en parte las pretensiones de Cabify en lo relativo a la exclusividad que debía mantener Auro, que recurrió al TC.

La Sala concluye que se ha producido la vulneración de un derecho fundamental, lo que acarrea la nulidad tanto de la sentencia del TSJM como de un auto posterior.

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