
CCOO reclama a la Agencia Tributaria que rectifique la nueva fórmula que ha instaurado para que los jubilados que en su día aportaron a las antiguas mutualidades laborales recuperen el IRPF pagado de más.
El sindicato, a través de un comunicado, ha asegurado que el nuevo sistema no hace más que retrasar las devoluciones a futuro para diluir su impacto económico en la Administración.
Sin embargo, este aplazamiento, señalan, tienen consecuencias lesivas, cabe destacar la avanzada edad de los afectados, y además es discriminatorio, ya que algunos jubilados ya han recibido el dinero y, otros, sin motivo alguno, tendrán que esperar hasta cuatro años para obtenerlo al completo.
La Agencia Tributaria, tras reconocer la devolución del IRPF a los jubilados mutualistas tras varios fallos del Tribunal Supremo desde febrero de 2023, estableció dos formas de pagar estos afectados. De un lado, habilitó un formulario en su página web para que los pensionistas reclamaran los últimos cuatro años no prescritos (de 2019 a 2022) y de otro, a partir de la Renta de 2023, que se elaboró la pasada primavera, devolvería en cada declaración el importe correspondiente.
No obstante, el legislador introdujo una enmienda en la ley del nuevo impuesto mínimo del 15% para multinacionales (que nada tiene que ver con el asunto) en vigor desde el 22 de noviembre para eliminar el método seguido hasta el momento para reclamar los periodos de 2019 a 2022. Es decir, eliminó el formulario y anuló todas las solicitudes que aún no han sido devueltas.
Esto supone que aquellos pensionistas a los que Hacienda aún no les ha pagado estos años deben volver a pedirlos, pero ahora de una manera más complicada y, además, año por año. Este 2025, junto a la declaración de la Renta, se podrá solicitar la devolución de 2019; en 2026, la de 2020; en 2027, la de 2021 y, finalmente, en 2028, la devolución del IRPF de 2022.
Esto permite a Hacienda no devolver los cuatro años de golpe, sino diluirlos en el tiempo.
CCOO critica que la Administración ha tomado esta decisión de forma "arbitraria" sin contar con participación ni consulta alguna, a diferencia de cuando sacó los formularios web que sí mantuvo reuniones con los sindicatos.
"Esta decisión genera inseguridad jurídica, aplica con carácter retroactivo una norma fiscal desfavorable, además de generar agravios comparativos entre las personas pensionistas afectadas. Todas han seguido el procedimiento pre-establecido por la AEAT, pero mientras algunas personas ya han recibido o van a recibir la totalidad de lo solicitado, a otras se les exige comenzar el proceso de nuevo y recibir la posible devolución de manera fraccionada en 4 ejercicios", denuncia CCOO.
Por ello, reclaman al Ministerio de Hacienda buscar fórmulas que permitan corregir esta situación en el menor plazo posible, para evitar las consecuencias lesivas que pueden derivarse de este cambio en el procedimiento así como la injustificada diferencia de trato entre personas que comparten una misma situación.
El Tribunal Supremo ha determinado en varias sentencias que la parte de la pensión que corresponde a aportaciones a antiguas mutualidades entre 1967 y 1978 está exenta de tributar en un 25%, mientras que la parte que corresponda a cotizaciones previas a 1967, está exenta al 100%.
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