
Desde el pasado 1 de enero, los envases domésticos deben indicar el contenedor donde se deben depositar para su reciclaje, tal y como establece el Real Decreto 1055/2022 de Envases y Residuos de Envases.
Asimismo, se debe indicar si el envase es reutilizable e, incluir los símbolos acreditativos de pertenencia al sistema de responsabilidad ampliada del productor. En el caso de envases fabricados por diferentes materiales, si éstos pueden separarse fácilmente, se tiene que indicar la fracción o contenedor donde deben ser depositados.
Cuando no puedan separarse los materiales fácilmente, o en el caso de envases compuestos, se ha de indicar la fracción o contenedor correspondiente al material predominante en peso, salvo que se demuestre que existe una mejor alternativa de recogida que evitase posibles incidencias en el posterior proceso de reciclado, indicándose en este caso el contenedor en que debe depositarse.
También, con el nuevo año ha quedado prohibido el marcado de los envases con las palabras 'respetuoso con el medio ambiente', o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno.
El aumento exponencial del comercio electrónico y las crecientes expectativas de los consumidores en cuanto a opciones y cumplimiento rápido han acelerado el aumento de la basura municipal que, para 2050, se estima que crecerá a 3,40 mil millones de toneladas a nivel mundial. Y hoy en día, aunque el 80% de los artículos actualmente desechados en vertederos son reciclables, solo el 20% de este contenido se recicla realmente.
Para ayudar a la toma de decisiones de reciclaje por parte de los consumidores, los envases pueden ir marcados con el porcentaje de material del envase, incluidos sus componentes, con una evaluación auditada y certificada por entidades ajenas a los fabricantes de envase y a los productores. Dicho porcentaje debe ser revisado, al menos, cada cinco años.
El incumplimiento de las obligaciones de responsabilidad ampliada por parte de los sistemas individuales puede dar lugar a la incoación del procedimiento sancionador por la comunidad autónoma correspondiente, que podrá suspender la actividad del sistema individual en su territorio.
En el caso de envases de plástico compostable, el etiquetado tiene que informar que el envase está certificado según la norma europea UNE EN 13432:2001 Envases y embalajes. Aquellos envases que sean compostables en compostaje doméstico o industrial llevarán la indicación no abandonar en el entorno.
Algunos tipos de envases de plástico de un solo uso quedarán prohibidos a partir del 1 de enero de 2030. Entre ellos figuran los envases de frutas y verduras frescas sin procesar, alimentos y bebidas que se sirven y consumen en cafeterías y restaurantes, porciones individuales, envases pequeños de productos de higiene personal y bolsas de plástico de menos de quince micras.
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