
La Abogacía reclama que se legisle la cláusula Rebus para que su aplicación no dependa de las sentencias judiciales. Esta cláusula, que viene del latín rebus sic stantibus, significa "mientras continúen así las cosas", de modo que permite la revisión de un contrato si cambias las circunstancias de manera imprevista.
El presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Salvador González, reclamó este lunes al legislador que establezca normativamente cómo debe aplicarse la cláusula Rebus en casos como las consecuencias de la DANA que arrasó amplias zonas de la provincia de Valencia y afectó a también a áreas más limitadas de Albacete y Andalucía.
González, en un congreso centrado en la aplicabilidad de la cláusula Rebus organizado en Valencia por el Consejo General junto con los Colegios de Valencia, Barcelona y Sueca, explicó que, con ocasión de la pandemia, el Consejo ya se manifestó "en el sentido de considerar absolutamente necesaria la regulación de esta figura como consecuencia de la crisis sanitaria, social y económica derivada" de la extensión del Covid. "Y si entonces ya era necesaria esa regulación, no digamos ahora, cuando las sociedades siguen castigadas por todo tipo de contingencias", expuso.
Para González, lo deseable sería "que [...] nuestro Código Civil sea, como debe ser, el inspirador de su aplicación normalizada y segura en el ámbito de los derechos de renegociación de contratos, de tal modo que dicha regulación permita la adaptación económica de los mismos a unas realidades que no se pueden prever".
En la inauguración del congreso también participó el decano del Colegio de Barcelona, Jesús Sánchez, quien calificó la cláusula como "el respirador vital de las empresas y los empleos en períodos de crisis".
Por su parte, el decano del Colegio de Valencia, José Soriano, ha considerado que "la cláusula Rebus es importante en todos los momentos, pero después de una catástrofe es esencial".
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