
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), órgano adscrito al Ministerio de Hacienda, cambia su criterio y facilita a las empresas las deducciones en el Impuesto de Sociedades por las inversiones que realizan en I+D+i.
El órgano, en una resolución del pasado 21 de octubre, acoge la nueva doctrina del Tribunal Supremo del 8 de octubre, que fijó que el informe que elabora el Ministerio de Ciencia y Tecnología sobre si las inversiones y gastos de una empresa cumplen o no con los requisitos de I+D+i son vinculantes para la Agencia Tributaria.
El alto tribunal señaló, por tanto, que Hacienda no puede rebatir a las compañías si los gastos e inversiones ya admitidas por el Ministerio de Ciencia son o no deducibles en el tributo.
Ahora, el TEAC adapta su jurisprudencia a la del Supremo y fija que el informe del Ministerio de Ciencia "para la deducción por innovación tecnológica vincula a la Administración Tributaria en todos sus aspectos". "Es decir -añade-, no solo en lo referente a la calificación del proyecto como integrante de tal concepto, sino también en las inversiones y gastos que, presentados ante el órgano al que se consulta, hayan sido objeto de evaluación positiva".
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