Legal

La justicia reconoce el derecho de los magistrados a cobrar los plus de los últimos cuatro años

  • La Administración dejó de abonar la retribución por falta de presupuesto
  • Los jueces tienen derecho a cobrar un 5% si superan en un 20% la carga de trabajo
Vista del mazo de un juez. | iStock
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) reconoce a los magistrados el derecho a cobrar los plus atrasados por productividad de los últimos cuatro años.

El TSJM, en un auto de este 19 de septiembre, extiende los efectos de su sentencia de 2023 en la que reconoció a un magistrado el derecho a cobrar un plus del 5% de su nómina por haber superado en un 20% la carga de trabajo en el cuarto trimestre de 2019, y por tanto, también le reconoce el derecho a percibir esta remuneración de los semestres a partir del 1 de enero de 2020, siempre que hubiera superado dicho porcentaje de productividad.

La extensión de los efectos del auto llega después de que el Tribunal Supremo (TS), en una sentencia del pasado 10 de junio, estableciera que la retribución variable de los jueces por objetivos es un derecho que recoge la Ley sobre el régimen retributivo de las Carreras Judicial y Fiscal. Concretamente, el artículo 9 de la norma dispone que los jueces y magistrados que en el semestre anterior hubiesen superado en un 20% el objetivo correspondiente a su destino tendrán derecho a percibir un incremento no inferior al 5% ni superior al 10% de sus retribuciones fijas.

La sentencia determinó que el derecho a la retribución variable nace directamente de la ley, por lo que la falta de presupuesto que argumenta el ahora Ministerio de Presidencia, Justicia y Relación con las Cortes "no puede condicionar su existencia ni su eficacia".

El tribunal madrileño recuerda además que la Administración debe abonar estas retribuciones con los intereses de demora pertinentes.

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