Legal

El TJUE se abre a un segundo control de las cláusulas abusivas si el primero no fue efectivo

  • Permite que el juez que ejecuta el pago de la deuda pida más pruebas
Una cámara graba la entrada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. | EE
Madridicon-related

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se abre tímidamente a la posibilidad de que haya un segundo control de transparencia sobre una cláusula potencialmente abusiva en la fase ejecutoria de un préstamo, si el control durante el procedimiento monitorio de pago (proceso especial de cobro rápido) no estuvo suficientemente motivado.

"Si el juzgado llega a la conclusión de que, al no haberse llevado a cabo un control efectivo en la fase del proceso monitorio, le corresponde a él mismo examinar el potencial carácter abusivo de las cláusulas contenidas en el contrato de crédito, debe tener la posibilidad de acordar de oficio las diligencias de prueba necesarias para ello", dice la sentencia.

El tribunal europeo, en un fallo de este jueves, señala que la Directiva europea sobre cláusulas abusivas no se opone a una normativa nacional que no permite al juez que conoce de la ejecución de una deuda controlar el carácter potencialmente abusivo de las cláusulas de un contrato de crédito si ese control ya haya sido realizado por un juez en la fase del proceso monitorio. Sin embargo, añade que, para ello, este primer juez debe haber identificado las cláusulas que han sido objeto de ese control y expuesto las razones por las que no son abusivas, e indicar que si el consumidor no ejercita un recurso en plazo, no podrá invocar el potencial carácter abusivo.

Es decir, solo podrá haber una segunda revisión de las cláusulas si el juez no fundamentó el control de transparencia y el consumidor no tuvo suficiente conocimiento de las consecuencias de no recurrir la resolución.

Esta cuestión prejudicial fue remitida por un juzgado de León por el caso de un ciudadano que debía 5.517 euros por una tarjeta de pago aplazado (más conocida como revolving) al que la compañía que adquirió la deuda le reclama el importe. El juzgado determinó la ejecución del préstamo, pero con el proceso ya avanzado señaló que la compañía en ningún momento aportó el certificado de la deuda con su correspondiente desglose para conocer, de la cuantía reclamada, qué corresponde a capital, intereses u otros conceptos.

Además, el juzgado preguntó al TJUE si podía solicitar a la entidad nuevos documentos adicionales a los aportados en el proceso monitorio para realizar de oficio el control de abusividad. El tribunal europeo responde que la Directiva europea se opone a una normativa nacional que no permite al juez que conoce de la ejecución solicitar más pruebas para determinar los elementos necesarios para controlar el potencial carácter abusivo de las cláusulas.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky