
El Ministerio de Hacienda ha aprobado el nuevo modelo 151 para que los trabajadores extranjeros puedan acogerse a la Ley Beckham, el sistema de tributación especial para impatriados.
La Ley de Startup, con el objetivo de atraer talento, añadió una serie de nuevos perfiles que podían acogerse a este modelo de tributación más beneficioso como teletrabajadores, emprendedores, profesionales altamente cualificados que presten servicios en empresas emergentes y personas que lleven a cabo determinadas actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación. También pueden tributar por este sistema las personas de su entorno familiar, como los cónyuges e hijos menores de 25 años o de cualquier edad en caso de discapacidad.
Además, Hacienda recoge en la Orden que aprueba el modelo publicada este viernes en el BOE que aquellos trabajadores que se desplazaron a España en 2022 o 2023 para comenzar su actividad este año también podrán acogerse a la Ley Beckham con retroactividad y les da un plazo de seis meses. La Administración resuelve así el vacío legal que dejó puesto que la Ley de Startup aprobada a finales de 2022 abrió la puerta a su llegada pero, sin embargo, Hacienda no desarrolló el reglamento ni el modelo para que se pudieran acoger a este régimen especial de tributación dejándolos en un limbo fiscal.
La Ley Beckham, llamada así porque el futbolista David Beckham fue de los primeros en acogerse, permite a estos contribuyentes tributar por el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) en vez de por el IRPF con un tipo fijo del 24% hasta los 600.000 euros y al 47%, a partir de las ganancias que superen ese volumen. Podrán mantenerse bajo este régimen siempre que hayan pasado cinco años fuera de España antes de solicitarlo y, una vez estén en nuestro país, durante el ejercicio de llegada y los cinco años siguientes.