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Hacienda se pone atractiva para los nómadas digitales extranjeros

  • España quiere traer talento de alto nivel con un nuevo tratamiento fiscal muy favorable
  • Las novedades tributarias se incluyen en la Ley de 'Startup', actualmente en tramitación
Foto: Istock

El 1 de enero de 2023 está previsto que entre en vigor el nuevo tratamiento fiscal de los nómadas digitales internacionales, lo que representa una ampliación del sistema especial para atraer talento extranjero de alto nivel, conocido popularmente como la Ley Beckham, al ser este deportista el más conocido de cuantos se han acogido a sus beneficios fiscales.

Estas novedades tributarias se incluyen en la Ley de 'Startup' (Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes), que actualmente se encuentra en tramitación en el Senado, cuyo objetivo es atraer a emprendedores y nómadas digitales que teletrabajan, pero también a directivos y trabajadores cualificados españoles expatriados entre los años 2008 y 2015.

La atracción de inversión y talento en la nueva economía digital ha llevado a distintos programas de fomento de las startups en los países de nuestro entorno, que suelen incorporar tres elementos principales: beneficios fiscales para los emprendedores, trabajadores e inversores; reducción de trabas administrativas y facilitación de visados y flexibilidad en la gestión de la empresa y en la aplicación de los principios mercantiles y concursales.

Los beneficiarios

Los beneficiarios tienen que ser personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España. Como consecuencia de su desplazamiento a territorio español pueden optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), conservando su condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes.

Quienes opten por esta opción quedarán sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

Las condiciones que deben cumplir pasan por que no hayan sido residentes en España durante los cinco períodos impositivos previos al de su desplazamiento a España. Además, deben contar con contrato de trabajo, con excepción de la relación laboral especial de los deportistas profesionales.

También, pueden serlo como consecuencia de la adquisición de la condición de administrador de una entidad en cuyo capital no participe o cuando la participación en la misma no determine la consideración de entidad vinculada. Y, finalmente, que no obtenga rentas calificadas como obtenidas mediante un establecimiento permanente situado en territorio español.

Serán beneficiarios los cónyuges de los contribuyentes y sus hijos, menores de 25 años o cualquiera que sea su edad en caso de discapacidad, o si no hay vínculo matrimonial, el progenitor de estos.

Rendimientos en España

La totalidad de los rendimientos del trabajo obtenidos por el contribuyente durante la aplicación del régimen especial se entenderán obtenidos en territorio español.

A efectos de la liquidación del impuesto, se gravarán acumuladamente las rentas obtenidas por el contribuyente en territorio español durante el año natural, sin que sea posible la compensación entre ellas.

Distinción de las rentas

Los nómadas digitales internacionales contarán con una tarifa para las rentas del ahorro y otra para el resto de las rentas.

La principal ventaja es que la base imponible general (que incluye las rentas del trabajo, los alquileres, etc.) tributa a un tipo casi fijo del 24%, hasta un máximo de 600.000 euros. Lo que exceda de dicho importe tributa al 47%. En cambio, si no se aplicara, la misma base imponible general tributaría a un tipo impositivo progresivo, un tipo que puede llegar hasta casi el 50%.

Alas rentas del ahorro se les aplica una escala de cuatro niveles que parten desde un 19% para rentas de hasta 6.000 euros (Ver tabla).

El porcentaje de retención o ingreso a cuenta sobre rendimientos del trabajo será del 24% y si superan los 600.000 euros será del 47%.

Acciones y otros derechos

Tendrán la consideración de rendimientos del trabajo los derivados directa o indirectamente de participaciones, acciones u otros derechos, incluidas comisiones de éxito, que otorguen derechos económicos especiales en fondos de inversión alternativa, fondos de capital-riesgo europeos, fondos de emprendimiento social europeos, fondos de inversión a largo plazo europeos regulados y otros fondos similares obtenidos por las personas administradoras, gestoras o empleadas de estas entidades o de sus entidades gestoras o de su grupo.

Estos rendimientos del trabajo se integrarán en la base imponible en un 50% de su importe, sin aplicar exenciones o reducciones, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

Trabajadores autónomos

A los trabajadores incluidos en el Régimen de Autónomos por poseer el control efectivo, directo o indirecto, de una empresa emergente y que, de forma simultánea, trabajen por cuenta ajena para otro empleador, se les aplicará una bonificación del 100% de la cuota correspondiente a la base mínima establecida con carácter general, en cada momento, en el citado régimen especial durante los tres primeros años.

Esta bonificación se disfrutará de forma continuada en tanto persista la situación de pluriactividad y, como máximo, durante los tres primeros años, a contar desde la fecha del alta.

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Comentarios 12

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David
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Y luego criticarán a los españoles que se van a Andorra para conseguir esas mismas ventajas fiscales, ya que aquí solo interesa atraer el talento extranjero, pero no retener el que tenemos.

Puntuación 44
#1
Unoqueiba
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Mucho bombo para esta ley pero al final las empresas españolas solo podrán optar a los beneficios de esta ley si se dedican al I+D. O sea, minoría.

Puntuación 12
#2
JuanSinMiedo
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JAAAAAAjajajaja........ Echa a los Grandes Patrimonios nacionales, impide la residencia en España de los foráneos, pero por contrario quiere atraer a unos "personajes" que solo van donde les facilitan pagar lo menos posible, (y hacen bien) ahora esos..... Son menos fieles que algunos "Eméritos" y cambian de residencia como de calzoncillos.

Echamos a personas que han residido en España en generaciones, y que han creado riqueza, para acoger a otros que vienen con una mano delante, y otra detrás, y que por supuesto se irán a la mas mínima.

Pero que gran INCAPACIDAD de unos perroflautas que no tienen la menor idea de GOBERNAR.

Puntuación 38
#3
Ricardo
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Este tipo de programas de captación de talento existen desde hace años en muchos países. Ya era hora que existiera algo así en España.

¿El problema? Qué ningún expa u otro foráneo, va a ir a trabajar a España mientras no suban los salarios. Que me apliquen el 24% o el 60 en un salario absurdo va a dar igual cuando, en Holanda , donde actualmente resido y trabajo, se gana el triple.

Y otras condiciones de trabajo (buenos jefes, conciliación familiar, reconocimiento profesional, etc) están a años luz de las de España.

Puntuación 15
#4
Sanchinflas gate y palmEREs corrutes
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Sí #1, van a venir a dejarse aquí la pasta con impuestos, a base de tener peores servicios en carreteras, transportes, sanidad,.. inseguridad con incivilizados macheteros, guiris botelloneros.. y el clima cada vez peor, que casi está haciendo mejor tiempo en verano en Posmuth que en Mallorca!! jaja

Puntuación -1
#5
marc39
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Más claro que nunca que el español no está bien recibido en España. Para esas ventajas fiscales hay que irse al extranjero, porque el español sólo está para pagar en su país.

Puntuación 11
#6
marc39
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Esta ley me recuerda a vodafone y el banco sabadell, todas las ventajas para quien viene, para el que está... tarifas altas, comisiones, etc hasta que te tienes que ir.

Puntuación 12
#7
Extranjera
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A los que lamentan que los supuestos beneficios de esta ley son solo para extranjeros: Tened en cuenta que los que hemos estado aquí (autónomos extranjeros altamente cualifiacados, residentes fiscales) más de 6 o 7 años, pagando impuestos confiscatorios como tontos sin siquera poder votar, tampoco nos beneficiaremos - la ley es solo para recientemente aterrizados.

Personalmente, yo trabajo en remoto digitalmente y mi trabajo no depende en absoluto del país donde vivo, así que no tengo ningún motivo para quedarme en España. En el último ejercicio de la Renta he pagado casi 28K Euros solo en concepto de IRPF, asi que - sin ser YouTuber andorrano - me estoy planteando irme también.

Puntuación 13
#8
Marc
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No va a venir ningún nómada digital con éxito porque desde 500.000 euros aquí se paga impuesto de patrimonio y ninguno se va a venir justo al único país de la UE que lo impone. Van a venir los deficitarios, los que no se pagan no su sanidad

Puntuación 11
#9
Usuario validado en Google+
Juan Martinez
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Bueno, hemos tardado 20 años en darnos cuenta de lo que significa esto para el progreso de un país. Irlanda lo vio muchísimo antes y le sirvió para crecer como la espuma. Lo curioso es que sea un gobierno socialista el que apruebe esta ley 100% liberal y, por tanto, antisocialista.

Puntuación 2
#10
JJ
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Genial. Tratamos como a ladrones y delincuentes a gente que ha tributado aqui toda la vida para subirles aun mas los impuestos, pero barra libre para los que vienen de fuera que se largarán en cuanto caduquen los incentivos.

Puntuación 8
#11
Usuario validado en elEconomista.es
BearcatF8
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Conociendo a los payasos de hacienda, pobre gente la que venga animados por esta ley... descubrirán nuestra administración tributaria y se arrepentirán...

Puntuación 0
#12