
La Audiencia Provincial de Baleares ha desestimado la demanda de una mujer contra una entidad bancaria por considerar vulnerado su derecho al honor por incluirla en un fichero de morosos, tras reclamarle la deuda en 16 ocasiones.
En una sentencia del 17 de mayo, de la que fue ponente el magistrado Álvaro Latorre López, la Audiencia Provincial señala que hubo "un envío masivo de requerimientos" del banco a la demandante sin que conste su recepción, pero tampoco que fueran devueltos.
Para el tribunal no existe prueba de que la mujer comunicara al banco un cambio de domicilio ni de que los mensajes se remitieron a un teléfono distinto al suyo. "Por tanto, y ante la falta de circunstancias excepcionales que excluyeran la recepción de la carta en la dirección a la que fue enviada, es razonable considerar acreditada la recepción del requerimiento", concluye la Sala.
La mujer alegó que las direcciones de requerimientos de pago no son coincidentes con la asignada al contrato de tarjeta de crédito y que las notificaciones remitidas por la entidad figuran como no entregadas. Por su parte, la entidad señaló que el contrato ya establecía la posibilidad de que el deudor sea incluido en un fichero de morosos.
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