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El Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM) introduce un nuevo procedimiento 'hiperabreviado' sin límite de cuantía

  • La duración será de cuatro o cinco meses frente a los doce actuales
Jos? Mar?a Alonso, presidente del CIAM. eE

El Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM), presidido por José María Alonso, ha decidido introducir importantes reformas en su Reglamento. Estos cambios han sido aprobados en la reunión del Plenario de la entidad celebrada el 20 de septiembre.

Una de las principales novedades que recoge el nuevo reglamento es la introducción de un procedimiento hiperabreviado que pretende recoger la demanda de los usuarios de un procedimiento más acelerado que el ordinario y el abreviado para la resolución de disputas no complejas o que requieran una decisión inmediata (por ejemplo, simples reclamaciones de cantidad).

Marta Lalaguna, secretaria general del CIAM, explica que "un arbitraje puede durar un año en el procedimiento ordinario y nueve meses el abreviado. Ahora, con el nuevo procedimiento, la duración será, como máximo de cuatro o cinco meses. Además, las partes podrán acogerse sin límite de cuantía. Se trata de un sistema que va a beneficiar a sectores de alta conflictividad como es el caso del sector marítimo".

El procedimiento hiperabreviado introduce una fase inicial en paralelo, que permite el desarrollo del procedimiento durante el nombramiento de árbitros, plazos limitados para la presentación de escritos, amplios poderes del árbitro para resolver sobre la base puramente documental, y un plazo para dictar laudo más breve.

Este procedimiento requerirá el consentimiento expreso y por escrito de ambas partes, sin límite de cuantía, pero sin perjuicio de la facultad del Centro de aplicar el procedimiento ordinario cuando sea procedente.

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