
La Agencia Tributaria (AEAT) ha reconocido a jubilados de los sectores del comercio, construcción y metalurgia devoluciones por la parte de las aportaciones realizadas entre 1967 y 1978 a las mutualidades laborales que no fueron en su día minoradas en el IRPF.
El Tribunal Supremo había dictaminado este derecho en febrero a los empleados que hicieron aportaciones a la Mutualidad de la Banca entre el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978 y que no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF cuando deberían haberse beneficiado de esto, pero los expedientes y resoluciones en la Agencia Tributaria de varios afectados que cotizaron en alguna Mutualidad Laboral distinta a la bancaria se han visto favorecidos, recibiendo el dinero que les correspondía y dando paso a nuevas reclamaciones.
Lydia Campos, asesora fiscal del departamento tributario de Vento Abogados y Asesores, ha ejecutado algunas de estas reclamaciones en las que se han reconocido a trabajadores del sector del comercio o de empresas de construcción o metalurgia, mientras se espera una resolución que también favorezca a los antiguos trabajadores de la hostelería. Estas áreas tuvieron un peso relevante en el periodo de apertura y desarrollismo en España, momento en el que también comenzaron a trabajar las mujeres por lo que es difícil calcular la cifra de personas afectadas.
Por lo tanto, para evitar una doble imposición en la parte de las pensiones que cotizaron en ese periodo, estos trabajadores deben ser exentos del IRPF de ese momento. Los afectados tiene derecho a reclamar la devolución correspondiente de los últimos cuatro años, ya que los anteriores han prescrito. La Agencia Tributaria gestiona directamente las solicitudes que también pueden realizar los herederos si ha fallecido el afectado, pero no pueden haber transcurrido más de cuatro desde la muerte de este.
De esta manera se puede pedir directamente a la Agencia Tributaria que les sea devuelta la parte proporcional a ese porcentaje de su pensión con derecho a reducción del 25%en el IRPF, cifra que ronda entre los 3.000 y 4.000 euros, pero puede variar según el caso. Además, se ajusta la tributación actual para estos jubilados que tienen alrededor de 80 años en su mayoría y que se cumpla el principio de igualdad.
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