
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha desestimado un recurso presentado por Multiópticas contra Nike Innovative CV este 12 de julio por una posible ventaja desleal. Multiópticas se había opuesto al registro de una marca de la empresa estadounidense - relacionada a la venta de gafas con su respectiva página web mundial- debido a la supuesta similitud con sus signos de identidad previos.
La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) rechazó la oposición al signo figurativo presentado por Nike en septiembre del año 2021. Sin embargo, la empresa española recurrió ante la institución con un recurso que fue desestimado en el año 2022 tras decidir que los signos no compartían parecido. A nivel gráfico no percibieron ninguna semejanza por carecer de elementos comunes, además, la marca de Nike es puramente figurativa por lo que no podía asociarse ninguna pronunciación, y tampoco algún concepto vinculante.
La defensa del grupo de ópticas se basaba en que sus marcas previas no eran simples representaciones de letras, sino que eran signos con elementos denominativos estilizados que podían adquirir diversas formas, pero siendo caracterizadas por un tipo de letras con un espesor y de color negro. Por esta razón, se alegaba que la similitud entre los signos puede conducir al público a establecer un vínculo con su marca anterior y la de Nike Innovate.
A pesar de esto, el Tribunal General ha confirmado la posición que tomó la EUIPO de que la marca era puramente figurativa, ya que el logo de Nike son figuras geométricas básicas de color negro, sin trazos o contornos claros que se parezcan a las letras 'n' y 'o'. En cambio, las marcas anteriores de Multiópticas son elementos denominativos que se perciben como verbales, por lo tanto, se pronunciarán como se ven 'mó'. Por lo tanto, la EUIPO actuó correctamente al decidir que los signos eran diferentes, sin embargo, Multiópticas puede interponer un recurso de casación en los próximos dos meses y continuar el pleito.
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