
La nueva propuesta de directiva de insolvencias en la que trabaja la Comisión Europea obligará a modificar la reciente y última Ley Concursal, aprobada en septiembre de 2022, especialmente en materia de comités de acreedores y rastreo de activos. La futura norma pretende recuperar la figura de los comités de acreedores que en la actual ley no la hay a menos que se decida constituir voluntariamente.
Ignacio Fernández Aguado, socio de CMS Albiñana & Suárez de Lezo explica que los comités de acreedores eran una práctica relativamente habitual en el derecho concursal antiguo y, ahora, la directiva prevé que estén regulados. "Permitirá que haya una junta de acreedores a la que se le permita constituir un comité de acreedores para que supervise lo que se hace en el procedimiento concursal", señala.
Este experto en concursal advierte que otro de los temas que exigirá bastante adaptación de la reciente ley española es el rastreo de activos. "En nuestro derecho prácticamente no existe, hay una norma muy general que establece el principio de universalidad, pero no establece un sistema como tal de rastreo", asevera. En cambio, la propuesta europea prevé que los países establezcan una normativa de rastreo más exhaustiva. "Prevé tres tipos de acceso por parte de la administración concursal. Por un lado, acceso a información sobre cuentas bancarias, también acceso a la titularidad real de activos y acceso a registros nacionales de activos que, en parte sí que lo hay ya, pero va a requerir una modificación para que tengan acceso a esos registros de otros países", apunta.
Los siete puntos clave
La nueva propuesta europea se focaliza en siete puntos: los comités de acreedores, el rastreo de activos, los procedimientos de liquidación para microempresas, los procedimientos de pre-pack, la regulación de la obligación de los administradores de presentar una solicitud de concurso, las acciones revocatorias y la elaboración de una ficha por cada país que resuma su derecho concursal.
La actual ley ya incorpora buena parte de las medidas de la directiva, por lo que los expertos no esperan cambios sustanciales en los procesos de microempresas, en pre-pack (venta de unidades productivas de manera anticipada, incluso antes de la declaración del concurso) ni en la obligación de los administradores de presentar una apertura de proceso de insolvencia.
Sí habrá cambios, según Fernández Aguado, respecto a las acciones revocatorias porque en la actual ley esta revocación sobre actos dudosos se puede dar en los dos años previos a la declaración o solicitud del concurso y, en algunos casos, al planteamiento del plan de reestructuración. La directiva establece hasta cuatro años antes para determinados casos. España también tendrá que elaborar un resumen de la norma concursal para que Europa haga una guía de los distintos países.
La previsión es que Bruselas apruebe la directiva en 2026 y los Estados la traspongan en dos años.
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