Legal

El Tribunal de Derechos Humanos reconoce que se vulneró la participación de seis magistrados para entrar al CGPJ

  • La renovación del órgano no llegó a producirse...
  • ...con la disolución de las Cortes por las elecciones de 2019
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha fallado en favor de los seis magistrados de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AFJV) que aspiraban a ser miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al tiempo que ha reconocido sus derechos a participar en tiempo y forma en la renovación del órgano de gobierno de los jueces, así como a acceder a un tribunal -en este caso el Constitucional- para solicitar amparo.

Estrasburgo ha concluido (4 votos a favor y 3 en contra) que se ha violado el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que contempla el derecho a un proceso justo y al acceso a los tribunales.

El TEDH ha contestado así a la demanda presentada en octubre de 2021 por seis magistrados de la AFJV para denunciar el bloqueo en la renovación del CGPJ a causa de la inactividad del Congreso y el Senado.

Los seis que presentaron la demanda son miembros de la AJFV que fueron avalados por la asociación judicial en 2018 como candidatos para formar parte del CGPJ. Los firmantes alegaron ante Estrasburgo que eran "víctimas directas de la infracción de su derecho a acceder a cargo público y a la tutela judicial efectiva", lo que a su juicio representa una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El portavoz nacional de la asociación, Jorge Fernández Vaquero, explicó al presentarse la demanda que la renovación del CGPJ era competencia "única y exclusiva" del Congreso y del Senado, denunciando que no habían hecho "nada" en tres años por estar "supeditadas" a los intereses de PP y PSOE.

Además, desde la AJFV indicaron que acudían al TEDH porque el Tribunal Constitucional (TC) no admitió a trámite el recurso de amparo presentado por esos seis magistrados "sin entrar en su contenido".

Derecho a un procedimiento legal

Ahora, el TEDH les ha dado la razón. El tribunal ha explicado que aunque el Convenio Europeo no garantiza el derecho a "ser nombrado" o ser "promovido" a miembro de un puesto dentro del servicio civil, sí que garantiza el derecho a un procedimiento legal para el examen oportuno de sus candidaturas.

En este sentido, ha fijado que los candidatos de la AJFV tenían derecho a participar en el procedimiento para ser elegidos miembro del CGPJ y a que sus candidaturas fuesen examinadas por las Cámaras de una manera "oportuna".

El Gobierno alegó ante el TEDH que la disputa de los seis miembros se refería a una cuestión "política" y no "civil" y que, por ende, no entraba en el ámbito de aplicación del artículo 6 del Convenio de Derechos Humanos.

Sobre este extremo, el tribunal europeo ha señalado que la reclamación de los solicitantes no implicaba ninguna "obligación política" ni el ejercicio de ningún "derecho político", sino que su demanda estaba relacionada con el procedimiento anterior a cualquier votación de los miembros de las Cortes.

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