
El Gobierno deja en limbo las sanciones de la nueva ley, aprobada el pasado mes de marzo, que obliga a las compañías y entidades públicas a tener un canal para que los empleados denuncien de forma anónima malas prácticas laborales o de corrupción. El Ejecutivo aún no ha creado el órgano al que norma concede la potestad sancionadora: la Autoridad Independiente de Defensa del Informante.
Esta ley, fruto de una directiva europea, obliga a las compañías de más de 250 trabajadores a disponer de este canal de denuncias desde el pasado 13 de junio y a las firmas de entre 50 y 249 empleados, a partir del 1 de diciembre. La norma considera que incumplir la habilitación de este canal es una infracción grave que puede ser multada con hasta un millón de euros. Sin embargo, aún no ha nacido la autoridad para sancionar las distintas infracciones que marca la ley y que en función de si son leves, graves o muy graves pueden oscilar entre los mil euros y el millón de euros.
No obstante, hay excepciones. Alejandra Crespo, asociada sénior y especialista en la práctica de derecho penal-laboral y Compliancede Labormatters Abogados, explica que en algunas CCAA como Cataluña, Valencia y Andalucía han tomado la competencia sancionadora las agencias antifraude. Sin embargo, señalada que respecto al resto de CCAA donde no se ha asumido esta competencia existen dudas sobre cómo se llevarán a cabo las sanciones en caso de infracciones o si podrán darse con carácter retroactivo una vez se cree la Autoridad.
Según la redacción de la ley, se establece que este órgano será el competente en materia de sanciones respecto a las infracciones cometidas en el ámbito del sector público estatal y en el ámbito del sector privado en todo el territorio, siempre que la normativa autonómica no haya atribuido esta competencia a otros organismos. El Ejecutivo tiene hasta marzo de 2024 para crearla, aunque el adelanto electoral puede retrasarlo.
Lola Ruiz, directora de Gobernanza, Riesgo y Cumplimiento de Auren, señala que las principales funciones de la Autoridad Independiente de Protección del Informante serán la llevanza del Canal Externo de Comunicaciones, la asunción de la condición de órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno y lo más importante, tramitar los procedimientos sancionadores. No obstante, asegura que aún existe mucha incertidumbre sobre cómo se desarrollará su papel sancionador en la práctica, ya que aún no se ha publicado el borrador de su Estatuto por el Ministerio Fiscal. Aunque también apunta a que la implantación de canales de comunicación es obligatoria no solo por el cumplimiento de la ley sino para cumplir con la legislación laboral, compliance penal o prevención de blanqueo.
Además de las sanciones económicas, las empresas, partidos políticos, sindicatos o entes que reciban financiación pública también afrontan otros castigos como verse privados de subvenciones o beneficios fiscales durante cuatro años, tener vetado el acceso a contratación pública en tres años.
Coste para las empresas
La nueva ley que obliga a empresas a partir de 50 empleados a tener este canal de denuncias (las grandes corporaciones o entidades reguladas ya lo tenían) también supone un coste para las compañías a la hora de hacerse con estas aplicaciones.
Daniel Bermejo, fundador y jefe de Estrategia de Trusty, software de denuncias de irregularidades, señala que la ley obliga a tener un sistema que garantice el anonimato del denunciante, cumpla con la normativa de protección de datos, que la comunicación esté encriptada, que permita el almacenado de todos los datos en un lugar seguro y que se pueda acceder a ellos si la compañía afronta una auditoría.
Según Bermejo, el gasto medio para empresas de entre 50 y 250 empleados oscila entre los 1.000 y 3.000 euros al año; para compañías desde 251 trabajadores hasta los mil, entre 3.000 y hasta 30.000 euros, y para grandes corporaciones puede alcanzar hasta los 300.000 euros anuales. Así, señala que en el mercado las soluciones que hay van desde ser gratuitas a los 300.000 euros, como es su caso que "para evitar la ruina de pequeñas empresas" ofrecen un sistema básico sin coste que permite cumplir con la ley, pero sobre el que se va aplicando un coste si las compañías quieren añadir funcionalidades. Por otro lado, recuerda que la normativa no exige que se necesite una aplicación, podría bastar un correo electrónico pero habría que garantizar el anonimato, que la información es confidencial y que la persona que lo recibe es la adecuada.
Gestor independiente
La ley obliga a que las compañías o entes públicos tengan a un gestor independiente para que gestione el canal de denuncias y dé traslado de las mismas a la autoridad competente. Daniel Bermejo, de Trusty, explica que la empresa pagará el salario de este gestor pero sus decisiones deben ser orientadas a la denuncia y lo que dice la ley, no orientadas a la compañía. "Si por levantar la bandera le despiden, la compañía deberá informar a la autoridad independiente de que se le ha despedido y los motivos", explica.