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Los vendedores de teléfonos, tablets y ordenadores no podrán obligar a comprar el cargador

  • Los dispositivos deberán usar un cargador común en diciembre de 2024...
  • ...menos los ordenadores, que deberán tenerlo en abril de 2026
Cargador de un teléfono movil.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avanza en la normativa que obligará a utilizar un cargador común para alimentar a los distintos dispositivos electrónicos. Los vendedores de estos aparatos como teléfonos móviles, tabletas, altavoces, auriculares u ordenadores dejarán de obligar al consumidor a comprarse el cargador cuando adquieren estos dispositivos, según avanza el texto del proyecto de real decreto elaborado por el Ministerio. La norma establece que las compañías que fabrican estos aparatos deben ofrecer a los clientes la posibilidad de comprar los dispositivos con o sin cargador.

La normativa, que transpone la Directiva europea 2022/2380 del Parlamento Europeo y el Consejo, persigue reducir costes y también residuos electrónicos. Así, los nuevos cargadores servirán para teléfonos móviles, tabletas, cámaras digitales, auriculares, auriculares con micrófono, videoconsolas portátiles, altavoces portátiles, lectores de libros electrónicos, teclados, ratones, sistemas portátiles de navegación, auriculares internos y ordenadores portátiles.

Según el texto del proyecto de real decreto que en la actualidad está en fase de audiencia pública, la obligación para que los fabricantes adapten sus productos a este cargador común entra en vigor el 28 de diciembre de 2024, a excepción de los ordenadores portátiles, que entrará en vigor el 28 de abril de 2026.

Los dispositivos deberán estar equipados con un receptáculo UBS tipo C y ser compatibles con el protocolo de carga establecido. Además, el embalaje y la etiqueta de estos productos deberán informar de los dispositivos de carga compatibles, con el formato gráfico de los mismos acompañándoles.

La futura norma señala que las nuevas obligaciones supondrán un aumento de costes para los fabricantes de estos aparatos que se estima en 620 euros por modelo, aunque solo se incurrirá en el coste una vez, según señala la Memoria de Análisis del Impacto Normativo (MAIN). El desglose de costes sería 500 euros por la realización de ensayos y elaboración de informe técnico para demostrar la conformidad sobre los nuevos requisitos, 20 euros por la conservación de los informes técnicos de ensayo para demostrar la conformidad del equipo; y 100 euros por la obligación de publicar una nueva Declaración de Conformidad europea.

Así, el Ministerio de Economía estima que los costes previstos afectarán principalmente a los fabricantes que no utilizan la interfaz UBS tipo C en sus productos, que no ofrecen soluciones de venta por separado o no aseguran la compatibilidad con un protocolo de carga común. "En el peor de los casos, estos fabricantes tendrían que asumir el coste de rediseñar el circuito de carga de sus equipos y también los costes asociados a la adquisición de nuevos componentes. Sin embargo, se considera que, en la actualidad, el porcentaje de equipos que no cumplen con los supuestos anteriores es reducido y, adicionalmente, este impacto se verá amortiguado mediante el periodo de trasposición hasta la aplicación de las disposiciones de la directiva", señala la memoria.

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