
La Comisión Europea (CE) ha sometido a consulta pública un nuevo reglamento donde fija los criterios comunes para la remisión de procesos penales de un Estado Miembro a a otro país de la UE con el propósito de afrontar la lucha contra la delincuencia transfronteriza.
La competencia por el Estado al que se remita la causa se establecerá en los casos en los que niegue la entrega del sospechoso contra el que se ha dictado una orden de detención europea, cuando la infracción cause daños a ese país requerido o cuando el acusado o sospechoso sea nativo o residente del país donde se remite el caso.
El texto legal tratará procesos penales asociados a los crímenes de grupos organizados, tráfico de drogas, el tráfico de migrantes, la trata de seres humanos, el tráfico de armas de fuego, los delitos ambientales, los delitos cibernéticos o el blanqueo de capital.
El objetivo principal de la norma es evitar que los acusados salgan impunes de los delitos cometidos, así como agilizar el sistema europeo y evitar que se ejecuten procedimientos jurídicos simultáneos que vulneren el derecho a no ser acusado o condenado penalmente dos veces por el mismo delito, recogido en el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
La propuesta de Bruselas pretende establecer un marco común de actuación entre todos los Estados Miembros para que países terceros puedan entrar a resolver procedimientos penales en otro país de la unión si no tiene la competencia jurídica necesaria para investigar o resolver el caso, siempre que ese mecanismo de actuación mejore "la eficacia y el correcto funcionamiento de la justicia en Europa".
Cualquier Estado que haya iniciado el procedimiento penal a través de su legislación nacional podrá "renunciar, suspender o dar por terminado el proceso penal contra un sospechoso o acusado" a fin de que otro país de la unión competente se haga cargo del caso.
Certificado de remisión
Para que otro Estado inicie el proceso penal, el país afectado deberá tramitar un certificado de remisión que autoriza al país tercero que desea colaborar, la libertad de aplicar sus propios procedimientos penales. Entre los contenidos que debe aparecer en el certificado, se encuentra una descripción del delito penal, una biografía del sospechoso o la información referida a las medidas procesales que ha llevado a cabo el país necesitado.
Al terminar el proceso, el Estado encargado del caso tendrá la obligación de remitir una copia de la resolución al país asistido.
Derechos del investigado
La persona acusada a o investigada de haber cometido un delito tiene derecho a que el país donde se encuentra le notifique de que otro Estado va a iniciar los procedimientos penales contra él. A su vez, se informará sobre su derecho tener un recurso legal disponible en el Estado requerido, incluidos los plazos y el sistema legislativo que aplicará el territorio, todo ello se trasladará en un lenguaje que entienda la víctima.
El reglamento se aplica para casos en los que se cruzan las competencias entre Estados, como por ejemplo que una persona organice el delito en un país, lo cometa en otro y huya a un tercero.