Legal

La Justicia obliga a sumar los puntos por conciliación familiar a una funcionaria que no lo acreditó en la solicitud

  • El fallo señala que el Supremo reconoce el derecho a subsanación en los concursos
  • Y recuerda que la documentación ya estaba en manos de la Administración
Personas realizando un examen.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia da la razón a una funcionaria de carrera de la Xunta de Galicia que quedó excluida de un proceso de vacantes de la Administración por no presentar junto a la solicitud la documentación que acreditaba el mérito por conciliación familiar que le sumaba 0,5 puntos en la puntuación. La sentencia señala que la empleada aportó la documentación en la reclamación sobre las listas provisionales y después, al recurrir la reposición, y recuerda que la doctrina del Tribunal Supremo al respecto avala la posibilidad de subsanación de acreditación de méritos en los procesos selectivos.

Asimismo, el fallo del que fue ponente la magistrada Mónica Sánchez Romero también apunta que la acreditación de mérito por conciliación familiar ya estaba en manos de la Administración desde 2015, cuando la funcionaria se presentó a otro concurso y recuerda el derecho a no tener que aportar documentos que ya constan a disposición de la Administración.

La sentencia, fechada a 22 de marzo de este año, desestima el recurso interpuesto por la Xunta de Galicia contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Lugo que obligó a la Administración tener en cuenta el mérito de la conciliación familiar de la funcionaria y contabilizarle los 0,5 puntos. A la par, ratifica el fallo de primera instancia.

La funcionaria presentó en diciembre de 2019 la solicitud de participación en el concurso de traslados de la Xunta, marcando la casilla de conciliación familiar, aunque no entregando en ese momento los documentos acreditativos. La Xunta, en enero de 2021, dictó resolución provisional de las personas admitidas y excluidas del concurso y dejó fuera a la funcionaria por no presentar con la solicitud la acreditación de conciliación familiar. La empleada, recurrió la lista provisional y presentó la documentación, pero en abril de 2021, la Xunta volvió a excluirla alegando el primer argumento, que no presentó la documentación en la solicitud. La trabajadora recurrió esta resolución y volvió a presentar la acreditación, sin éxito.

El fallo señala que no existe motivo o justificación para no tener por subsanada la aportación de documentos y recuerda que, además, ya estaban en manos de la Administración desde 2015.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky