El Gobierno se arroga en la futura Ley de Función Pública la potestad para realizar modificaciones en los cuerpos y escalas de los funcionarios durante un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la nueva norma. Según explican los inspectores de Hacienda, este paréntesis temporal que pretende hacer el Ejecutivo en la ley podría permitirle decidir "el ascenso de categoría" de un determinado cuerpo de funcionarios (sin la formación necesaria) o incluso que se desglosasen partes de un cuerpo y hacer a "algunos" de sus funcionarios de una mayor categoría.
El Proyecto de Ley de Función Pública está en el Congreso para su tramitación y este miércoles concluyó el periodo de presentación de enmiendas. El Proyecto va por la vía de urgencia, es decir, reduce a mitad los tiempos de tramitación, por lo que podría ver la luz a inicios de mayo. A partir de ahí, el Ejecutivo tiene seis meses para realizar estas modificaciones en los cuerpos de funcionarios, tiempo que coincide con el fin de su legislatura, ya que las elecciones generales se prevén para noviembre de este año.
El Gobierno ha metido esta nueva potestad en el Proyecto de Ley en la disposición adicional séptima (y que en el anteproyecto ya existía pero en la disposición adicional décima). El precepto señala: "Se autoriza al Gobierno a llevar a cabo, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, una sistematización de los cuerpos y escalas, atendiendo al principio de especialización, ordenándolos en subgrupos y pudiendo crear, modificar o suprimir los existentes. Transcurrido dicho plazo, la creación, modificación o supresión de los cuerpos y escalas sólo podrá realizarse con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.2 de esta ley". El artículo 9.2 señala que los cuerpos y escalas de personal funcionario se crean, modifican y suprimen por ley de Cortes Generales.
Competencia "exorbitante"
La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) han remitido a los distintos grupos parlamentarios observaciones en las que reclaman la eliminación de esta disposición en el Proyecto de Ley, ya que la consideran una "atribución competencial exorbitante". Asimismo, espetan que ni si quiera se ha justificado por qué se hace.
"Se acompaña de una redacción tan confusa y ambigua, lo que la hace potencialmente peligrosa y abierta a la discrecionalidad", señalan. Y añaden que esta habilitación haría que el Gobierno, durante seis meses, tuviera el mismo poder legislativo de las Cortes para hacer y deshacer lo que quiera en grupos de clasificación de funcionarios.
El Ejecutivo, según los inspectores de Hacienda, ha adoptado en los últimos años una batería de medidas que van a suponer "la muerte" de una Administración Pública profesional. Entre ellas, refieren el caso de las oposiciones donde se desprecia el esfuerzo al valorar "el esfuerzo y conocimiento". Además, se puede nombrar a funcionarios interinos para labores de funcionarios de carrera si se justifica la "necesidad y urgencia".