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El TJUE permite la revisión 'a posteriori' de una fusión si provoca abuso de posición dominante

  • Descarta que el examen previo de la operación excluya un control posterior
Tribunal de Justicia de la Uni?n Europea. Alamy

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avala que la Autoridad de la Competencia de un Estado miembro compruebe que una compañía, tras el cierre de una operación de fusión, obstaculiza la competencia en el mercado por abuso de posición dominante. El tribunal europeo, en un fallo de este jueves, matiza que una operación de concentración de dimensión no comunitaria puede ser objeto de control por las autoridades nacionales de defensa de la competencia y por los tribunales nacionales en virtud del efecto directo de la prohibición de abuso de posición dominante prevista por el Derecho de la Unión.

Europa señala que, aunque cuando se hace una fusión y ésta no vulnera los límites de control de mercado que marca el Reglamento europeo, los Estados miembros pueden revisar esta cuestión después. A su juicio, un control previo de la operación "no excluye un control ulterior de las operaciones de concentración que no alcancen dicho umbral".

"Durante el control ulterior a la luz de la prohibición del abuso de posición dominante, la autoridad que conoce del asunto debe comprobar si el adquirente que ocupa una posición dominante en un mercado determinado y que ha adquirido el control de otra empresa en dicho mercado ha obstaculizado sustancialmente, mediante el referido comportamiento, la competencia en ese mercado", señala el ponente, el magistrado N. Wahl.

El TJUE resuelve así la denuncia de Towercast contra la concentración de TDF e Itas. En 2016, TDF se hizo con el control exclusivo de Itas gracias a una operación de adquisición que quedaba por debajo de los umbrales fijados en el Reglamento comunitario de concentraciones y en el Código de Comercio francés, por lo que no fue objeto de notificación ni de un examen a título del control previo de las concentraciones. La citada operación tampoco dio lugar al procedimiento de remisión del expediente a la Comisión previsto en el artículo 22 del Reglamento.

Towercast considera que la toma de control de Itas por TDF viola la prohibición de abuso de posición dominante impuesta por el Derecho primario de la Unión. Según Towercast, TDF obstaculiza la competencia en los mercados mayoristas, de producción y de distribución, de difusión de los servicios de TDT, en la medida en que su posición ya de por sí dominante en esos mercados ha quedado significativamente reforzada.

El Tribunal de Apelación de París preguntó a TJUE si una autoridad nacional de competencia puede examinar ulteriormente una operación de concentración llevada a cabo por una empresa que goza de posición dominante, cuando dicha concentración quede por debajo de los umbrales de volumen de negocios pertinentes y, por tanto, no haya sido objeto de un control previo en este sentido.

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