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La Fiscalía de Madrid se opone a limitar las vacaciones a los letrados en huelga

  • Justicia negó el disfrute de permisos el día previo al paro indefinido
Manifestación de los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ).

La Fiscalía de la Comunidad de Madrid se opone a la instrucción del Ministerio de Justicia del pasado 23 de enero que limitó el disfrute de vacaciones y días libres a los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) mientras estuvieran de huelga. Los letrados iniciaron una huelga indefinida el 24 de enero en protesta de una mejora salarial. La Fiscalía madrileña, por el contrario, se muestra a favor de la medida solicitada por los letrados de paralizar de forma temporal la instrucción de Justicia hasta que se resuelva el recurso de los LAJ contra la decisión del Ministerio.

En un escrito dirigido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la fiscal Lorena Álvarez Toboada entiende que procede la adopción de dicha solicitud ante la "clara" existencia de un perjuicio irreparable. El colectivo interpuso un recurso Contencioso-Administrativo contra dicha instrucción para la protección de los derechos fundamentales de la persona y por la presunta vulneración del derecho fundamental del artículo 28 de la Constitución Española, que "reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses".

La fiscal recalca que al denegarse, de manera generalizada el disfrute de permisos, se limita la "presión" que puede ejercer el colectivo frente a su patrón, que, además, en este caso, "responde ante la ciudadanía por la prestación de un servicio público".

Igualmente, considera que "limita el derecho de los huelguistas de instar a sus compañeros a unirse a la huelga, ya que culpabiliza a los huelguistas de las limitaciones de los derechos individuales de los no huelguistas".

"La Instrucción no tiene otro objeto que precisamente limitar el derecho de huelga. El artículo 6.1 del RD-Ley 17/1977 establece que "El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relación de trabajo, ni puede dar lugar a sanción alguna", recoge el escrito.

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