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El Gobierno aprueba el Anteproyecto de Ley de Acciones de Representación para la Protección de los Intereses Colectivos de los Consumidores

  • El objetivo primordial es solucionar los problemas que acontecen los consumidores en el mercado
Foto: iStock

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes – con iniciativa de la ministra de Justicia, Pilar Llop- el Anteproyecto de Ley de Acciones de Representación para la Protección de los Intereses Colectivos de los Consumidores. Esta ley se centra en la defensa de los derechos de los consumidores con el objetivo de obtener una mayor eficacia en las acciones que se ejerzan colectivamente contra acciones y omisiones de un empresario que los consumidores consideren ilícitas. 

El objetivo principal de esta ley es solventar la debilidad del consumidor en las relaciones de mercado ante una posible práctica ilícita por parte de un empresario, ya que, si acude a la vía judicial, en la mayor parte de los casos hay una desproporción entre los gastos que esto conlleva respecto a las cantidades que el consumidor recupera. Además, la normativa te permite entablar un acuerdo entre –dentro del propio proceso- entre el consumidor y la empresa. 

El Anteproyecto deja en segundo plano la Directiva 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, de 25 de noviembre de 2020 y responde a la consideración de la protección de los consumidores como una prioridad en la Unión Europea y en España. Esta nueva normativa recoge un título nuevo en el que se definen las acciones de representación (resarcitorias y cesatorias), dando la oportunidad de llegar a un acuerdo dentro del proceso. 

Difusión y publicidad, certificación y resarcimiento 

Para aquellas demandas resarcitorias, se establecen exigencias de difusión y publicidad a las decisiones relevantes del proceso, siendo esencial que la gestión del procedimiento cuente con el apoyo de una plataforma electrónica singular para cada uno de los procesos, con el objetivo de poder transmitir información a los afectados y que estos puedan expresar su voluntad cuando proceda y, además, para que la información pueda utilizarse de manera segura por el tribunal o el liquidador de la sentencia. 

Por otro lado, también se encuentra la audiencia de certificación en la que el tribunal comprobará se establece la homogeneidad de las pretensiones y cuya acción no resulta infundada. En caso de cumplimiento de los requisitos, el tribunal dictará el auto de certificación para determinar el ámbito objetivo del proceso - en relación con qué conductas se admite la tutela colectiva- y el ámbito subjetivo –los consumidores y usuarios que pueden verse afectados-. 

También resulta novedoso los acuerdos de resarcimiento como alternativa para acabar con la controversia y tutelar la posición jurídica de los consumidores y usuarios cuyos derechos e intereses están en juego en el proceso, que se delegará en el tribunal a través de la necesaria homologación para dotar al acuerdo de eficacia vinculante. 

Reformas legislativas 

De tal forma, el Anteproyecto de Ley medita las modificaciones y reformas necesarias en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LECrim) y la Ley General para la Defensa de los consumidores y usuarios. 

Para la LECrim, se trata de crear un sistema unitario y coherente de tutela colectiva que termine a las controversias de la normativa y proporcionar así un procedimiento que permita contribuir a la mejor protección de los intereses colectivos de los consumidores. 

En el caso de la ley para la Defensa de los Consumidores, as modificaciones pasan por identificar y regular las entidades que se consideran habilitadas o legitimadas para el ejercicio de estas acciones de representación, tanto a nivel nacional como trasfronterizo. El Ministerio de Justicia creará y gestionará un Registro Público de Acciones de Representación, una pieza clave del sistema que fomentará la transparencia y el conocimiento de las acciones de representación en marcha, tanto en general como por sus posibles beneficiarios.

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