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La magistrada María Luisa Segoviano recuerda a los jueces su obligación de juzgar con perspectiva de género

  • Recibe XXVIII Premio Pelayo para Juristas de Reconocido Prestigio
La magistrada María Luis Segoviano recibe el galardón de manos de Ander Gil, presidente del Senado. EE

El presidente del Senado, Ander Gil García, ha hecho entrega a la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga, primera presidenta de Sala del Tribunal Supremo, del XXVIII Premio Pelayo para Juristas de Reconocido Prestigio.

Segoviano ha recordado a las 600 personas presentes en el acto de entrega del galardón, que "en la actividad de juzgar se impone el juzgar con perspectiva de género".

"El enjuiciamiento con perspectiva de género, si bien no explícitamente recogido su contenido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, no solo permite, sino que impone a los Tribunales enjuiciar con perspectiva de género", ha afirmado.

En su discurso ha razonado que juzgar con perspectiva de género quiere decir, y solo puede querer decir, hacerlo sin discriminación alguna, tanto a la hora del fallo como en la exposición de los argumentos o en la elección del lenguaje y la narrativa.

Esta discriminación ha considerado que no siempre es fácil de sentir y de observar, porque a menudo está enmascarada bajo actitudes profundas, hondamente interiorizadas, vinculadas a una lógica sexológica dominante y a una sexualidad normativa. Desigualdades que no se resuelven de forma inclusiva, aludiendo verbalmente a los dos géneros -ciudadanos y ciudadanas, trabajadores y trabajadoras- ni denunciando algunos estereotipos visibles, pero, por ello mismo, superficiales.

Segoviano ha explicado que la desigualdad puede ser muy notoria y fácil de detectar cuando la discriminación es salarial, en el campo de las relaciones laborales, o de violencia física, en el dominio de las relaciones personales. Pero resulta más difícil de descubrir, demostrar o corregir cuando se trata de valorar la capacidad profesional, estimar la aspiración de liderazgo o de juzgar sobre la violencia psíquica en las relaciones de pareja. En estos casos el acoso por razón de sexo se puede confundir con las legítimas relaciones de poder que se establecen en la empresa, o con los inevitables ejercicios de poder que rodean al deseo y a las prácticas amorosas, ya sean sexuales, sentimentales o ambas dos.

Tal y como resulta del art. 2 de la LO 3/2007, trasponiendo la regulación contenida en la Directiva de la Unión Europea, se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima, y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados.

Prescindir de la perspectiva de género en la interpretación y aplicación de las leyes, puede conducir a incurrir en una auténtica discriminación respecto a la mujer a la que se está aplicando la norma. Juzgar con perspectiva de género conlleva el compromiso de observar cada sentencia bajo una mirada general, macroscópica, que trate de repasar los argumentos por si se ha cometido alguna discriminación clara y, a la vez, reflexionar en profundidad, con mirada microscópica, por si se ha colado en nuestro discurso alguna fuente de desigualdad en la que participamos sin darnos cuenta.

No basta con formular un enunciado igualitario con mucha pompa y aspavientos, pues por esa vía se puede incurrir en el mismo pecado machista que denunciamos. La justicia no puede ser recta e imparcial si no respeta escrupulosa y exquisitamente el principio de igualdad, la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.

El Premio Pelayo, que ha alcanzado a su XXVII Edición, está dotado con 30.000 euros (que gozan de exención fiscal) y una estatuilla conmemorativa. Entre sus premiados cuenta con una relevante representación del mundo jurídico.

Por su parte, María Emilia Casas Baamonde, presidenta emérita del Tribunal Constitucional, ha realizado una emotiva semblanza destacando la pasión de la galardonada en su impecable servicio al mundo de la Justicia y en concreto a al Orden Social, durante casi 50 años, aunando su condición de magistrada con la de docente, conferenciante e investigadora del derecho de trabajo y seguridad social, remarcando siempre la importancia de la jurisprudencia en la construcción y desenvolvimiento del sistema de relaciones de trabajo así como la aspiración a la contención de las desigualdades y exclusiones sociales.

Al comienzo del acto, D. Francisco Lara Martín, presidente de Grupo Pelayo, dedicó unas palabras de bienvenida a los asistentes y convocó la XXIX Edición del Premio Pelayo para Juristas de Reconocido Prestigio.

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