
El futuro Reglamento que ultima el Ministerio de Hacienda desarrolla la obligación de presentar una declaración informativa anual sobre los saldos en moneda virtual que deberán presentar las personas y entidades que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros.
Se trata de un Reglamento que va a modificar varios reglamentos impositivos como el de desarrollo de la Ley General Tributaria (LGT), el General de Recaudación, el del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el de Impuestos Especiales (IIEE) o el de Gases Fluorados (IGF).
Hasta ahora es necesario interpretar a Hacienda al declarar criptomonedas y 'NFT' ante la falta de legislación.
Así, se introduce la obligación de presentar una declaración informativa anual sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia de monedas virtuales, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas, en las que intervengan o medien las personas y entidades que proporcionen servicios de cambio, intermedien de cualquier forma en dichas operaciones o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros.
Ofertas iniciales de monedas
Se desarrolla la obligación de presentar una declaración informativa para las personas y entidades que realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales.
Monedas virtuales en el extranjero
A su vez, se desarrolla reglamentariamente la obligación de informar acerca de las monedas virtuales situadas en el extranjero.
Fecha de la obligación de declarar
La primera declaración de información sobre monedas virtuales se deberá presentar a partir del 1 de enero de 2023 respecto de la información de 2022.
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