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Autónomos | Modelo 390: qué es y cómo se rellena

  • Este documento debe prensentarse entre el 1 y el 30 de enero
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La declaración-resumen anual es una declaración tributaria que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural para la liquidación del IVA. Para efectuar esta gestión, debe utilizarse el modelo 390, establecido por el MInisterio de Hacienda.

La presentación de esta declaración es obligatoria para todos aquellos sujetos pasivos del IVA que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas del IVA, ya sean mensuales o trimestrales, y además los sujetos pasivos incluidos dentro de la declaración conjunta.

No están obligados a presentar la declaración resumen-anual del IVA, Modelo 390: los sujetos pasivos obligados a presentar el modelo 368 de régimen de servicios de telecomunicación, radiodifusión o TV y electrónicos, y tampoco aquellos que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones no periódicas del IVA.

Así pues, están exonerados de presentar esta declaración resumen anual informativa aquellos sujetos pasivos que llevan los Libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT (Suministro Inmediato de Información -SII-), lo que incluye a los inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA); grandes empresas (facturación a efectos del IVA superior a 6.010.121,04 de euros); grupos de IVA.

También están exonerados los sujetos pasivos que hayan optado por llevar los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT; y a aquellos sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral que, tributando solamente en territorio común, realicen actividades en régimen simplificado del IVA y/o cuya actividad consista en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

La exclusión de la obligación de presentar la Declaración-resumen anual del IVA prevista en este guion se mantiene en el caso de que los sujetos pasivos realicen, además, actividades por las que no exista obligación de presentar autoliquidaciones periódicas.

Plazo de presentación

La declaración-resumen anual IVA, modelo 390, se debe presentar en los 30 primeros días naturales del mes de enero siguiente al año al que se refiere la declaración. Los vencimientos que coincidan con un día inhábil se consideran trasladados al primer día hábil siguiente.

Los sujetos pasivos acogidos a la declaración conjunta deben efectuar por separado la presentación de la declaración-resumen anual durante los 30 primeros días naturales del mes de enero.

Formas de presentación habilitadas

Certificado electrónico. Podemos realizar la presentación mediante un certificado electrónico. Puede ser utilizada por todos los sujetos pasivos. No obstante, es obligatorio su uso para los sujetos pasivos inscritos en el Registro de devolución mensual, aquellos que tienen la condición de gran empresa o estén adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, los que tributen en Régimen especial del grupo de entidades, las Administraciones Públicas, así como aquellos que tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada.

Cl@ve PIN. El sistema Cl@ve PIN o sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario establecido, puede ser utilizado por todas las personas físicas no obligadas a la utilización de certificado electrónico.

Novedades en la declaración

Con la finalidad de homogeneizar el sistema de presentación de todas las declaraciones informativas, la Orden HAC/1274/2019, de 18 de diciembre, ha suprimido la presentación telemática mediante mensaje SMS de la declaración-resumen anual modelo 390.

También, se ha da nueva denominación a la casilla 662. Esta casilla tiene por objeto reflejar las cuotas a compensar generadas en el ejercicio en alguno de los períodos de liquidación distintos del último cuando no estén incluidas en la casilla 97 del mismo modelo 390, es decir, cuando no se hubiesen trasladado al resto de periodos de liquidación del ejercicio.

Con el objetivo de que esta casilla no cause confusión se cambia su denominación por la de 'Cuotas pendientes de compensación generadas en el ejercicio y distintas de las incluidas en la casilla 97'.

Estructura del modelo

El modelo 390 se divide en trece apartados diferentes que facilitan su cumplimentación. En concreto, son los siguientes:

1. Sujeto pasivo

En este apartado se debe rellenar obligatoriamente el Número de Identificación Fiscal (NIF) y el nombre y los apellidos o la razón social o la denominación del sujeto pasivo. También es el apartado adecuado para indicar si se ha declarado concurso de acreedores en este ejercicio o si se ha optado por el criterio de caja.

2. Devengo

En este segundo punto se detallan los resultados del ejercicio. También es el espacio asignado para indicar si se trata de una declaración sistitutiva.

3. Datos estadísticos

Se describe la actividad o actividades realizadas por el sujeto pasivo a la/s que se refiere la declaración, diferenciando como principal aquella actividad con un mayor volumen de operaciones en el ejercicio. En concreto, se señala la clave, el epígrafe IAE del negocio y las operaciones económicas con terceras personas.

4. Datos del representante

Si actuamos por medio de representante, se deben rellenar los datos de identificación de este. Si el sujeto pasivo es una comunidad de bienes, una herencia yacente o una entidad carente de personalidad jurídica, se debe igualmente asignar los datos de identificación de su representante. En el caso de personas jurídicas es necesario cumplimentar los datos relativos a los representantes legales de la entidad.

5. Operaciones realizadas en régimen general

Este es el módulo en el que se introduce el IVA devengado, desglosados por tipo de operación realizada en Régimen General y tipo de IVA que se le aplica. En este apartado también se señala las compras o servicios adquiridos y que sean deducibles.

6. Operaciones realizadas en régimen simplificado

En este apartado se consignan los módulos de las diferentes actividades y las cuotas anuales resultantes. Los módulos e índices correctores aplicables son los que, con referencia concreta a cada actividad y por el período de tiempo anual correspondiente, haya fijado el Ministerio de Hacienda. Asimismo, las actividades agrícolas, ganaderas y forestales se asignan en el espacio habilitado al efecto.

7. Resultado de la liquidación anual

Este apartado incluye la casilla 84, cuyo resultado debe ser igual a la suma del resultado de todos los modelos 303 presentados a lo largo del año

8. Tributación por razón de territorio

Sólo para sujetos pasivos que tributan a varias Administraciones. Este apartado lo cumplimentan, exclusivamente, los sujetos pasivos que tributan conjuntamente a la Administración del Estado y a alguna de las Diputaciones Forales del País Vasco o a la Comunidad Foral de Navarra. Deben consultarse el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Convenio Económico del Estado con la Comunidad Foral de Navarra. Se declara la suma de resultados del régimen general, del régimen simplificado y de la regularización de cuotas.

9. Resultado de las liquidaciones

Este apartado se divide en dos espacios, uno para aquellos periodos que no tributen en el Régimen Especial del Grupo de Entidades, y otro para los profesionales que sí que pertenezcan a este Régimen.

10. Volumen de operaciones

En este punto se destaca el resumen total de los ingresos recibidos del total de las operaciones realizadas. Se indica la suma de las bases imponibles de las operaciones por el tipo de transacción.

11. Operaciones específicas

Este apartado corresponde al resumen agreagado de una parte de los gastos, independientemente de que ya esté reflejado en otra sección del modelo. Incluye aspectos como adquisiciones interiores exentas o adquisiciones intracomunitarias exentas.

12. Prorratas

Este apartado lo cumplimentarán, exclusivamente, aquellos sujetos pasivos del Impuesto que apliquen la regla de prorrata por realizar operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción simultáneamente.

13. Actividades con regímenes de deducción diferenciados

En el caso de que el sujeto pasivo realice actividades con regímenes de deducción diferenciados, debe desglosar el apartado del IVA deducible para cada uno de los sectores diferenciados. Para la cumplimentación de este apartado son aplicables las instrucciones dictadas en el apartado 5 'Operaciones realizadas en régimen general. Deducciones', teniendo en cuenta que en este apartado no hay que desglosar las operaciones por tipos de gravamen.

Ejemplo de modelo 390 rellenado con éxito.

Comprobación de errores, almacenamiento y presentación

El último paso. Una vez cumplimentada la declaración, es comprueba si existen errores -con el botón 'validar declaración'-, que señala los avisos o errores detectados. También dispone de un botón para guardar, que permite conservar los datos cumplementados hasta el momento, aunque si ya hay una declaración guardada previamente se sobreescribirá.

modelo 390 hacienda

Si no existen errores, se puede continuar con la presentación de la declaración desde el botón 'Firmar y enviar'.

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