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Mitos y leyendas de los planes de pensiones

En los últimos años, se han realizado importantes modificaciones en la normativa financiera de Planes de Pensiones, incorporando la liquidez a diez años sin necesidad de causas excepcionales (como desempleo o enfermedad grave como hasta ahora); entrega obligatoria de información relevante antes de suscribir el Plan de Pensiones (Documento de Datos Fundamentales del Partícipe), o una reducción sustancial del 25 por ciento en la comisión máxima de gestión y 50 por ciento en las de depósito.

Todas estas modificaciones financieras, sin duda muy positivas para el ahorrador, junto con el mantenimiento de la reducción en el IRPF (hasta 8.000 euros anuales, adicional a la realizada a favor del cónyuge de hasta 2.500 euros), hacen de este instrumento el vehículo más idóneo para canalizar el ahorro de la jubilación.

Sin embargo, existen muchas opiniones y comentarios que no coinciden con esta realidad y que, en este artículo, se tratan de clarificar:

¿Generan rentabilidad para el partícipe?

La rentabilidad de los Planes de Pensiones se calcula en base a su valor liquidativo (único), en el que ya están deducidos todos los gastos que soporta el partícipe, por lo que la rentabilidad calculada es neta de comisiones y gastos (no ocurre lo mismo en todos los productos financieros).

Con datos a septiembre de 2016, la rentabilidad anual media ponderada de los Planes de Pensiones en los últimos doce meses es del 2,6 por ciento, a pesar del negativo comportamiento de los mercados financieros en el tercer trimestre del año. En los plazos largos, la rentabilidad de los Planes de Pensiones a 25 años, es del 4,78 por ciento en media anual acumulativa, (mientras que la inflación media anual en este período fue sólo del 2,6 por ciento) o del 2,31 por ciento anual a diez años o 5,7 por ciento anual a cinco años.

Es decir, la rentabilidad acumulada de las aportaciones a Planes de Pensiones, realizadas hace 25 años es del 221 por ciento, lo que supone triplicar la inversión inicial.

En su última publicación anual sobre pensiones, la OCDE describe y compara la rentabilidad neta real (deducida la inflación) de los Planes de Pensiones de todos los países de la OCDE, mencionando que en los últimos cinco años, la rentabilidad de los Planes de Pensiones españoles se situaba en novena posición de un total de veintinueve países.

¿Son altas sus comisiones?

En 2014, el Gobierno redujo las comisiones máximas anuales de gestión (del 2 por ciento al 1,5 por ciento del patrimonio) y depósito (del 0,5 por ciento al 0,25 por ciento), siendo España el único país europeo con limitaciones en las comisiones de sistemas de pensiones voluntarios. La modificación de dichos límites ha supuesto una disminución muy relevante de las comisiones efectivamente soportadas por los partícipes de los Planes individuales.

Paralelamente a esa reducción de los límites máximos, las gestoras han realizado, en determinadas categorías de Planes, reducciones adicionales para adaptarse a las circunstancias de los mercados de renta fija. Así, la comisión de gestión media realmente aplicada en el sistema individual ha descendido desde el 1,28 por ciento anual a diciembre de 2014, hasta el 1,14 por ciento a diciembre de 2015, es decir un 9 por ciento inferior, mientras que la comisión de depósito efectiva disminuye desde el 0,16 por ciento hasta el 0,14 por ciento actual.

¿Existe competencia?

Desde la aprobación de la Ley de 1987, cualquier partícipe puede movilizar su ahorro desde un Plan de Pensiones a otro, incluso de otras gestoras. En un plazo máximo de siete días las gestoras están obligadas a hacer efectivo ese mandato del partícipe y, para ello, han habilitado un sistema automatizado de transferencias de efectivo y de información fiscal.

Como prueba de la utilización de este mecanismo, en 2015, los partícipes han movilizado un 24 por ciento del patrimonio total de los Planes individuales.

¿No son líquidos los planes?

En 2014, el Gobierno aprobó un nuevo supuesto de liquidez para los partícipes de los planes de pensiones, sin necesidad de justificar razones excepcionales, junto a los actualmente existentes de enfermedad grave (en los últimos cinco años se han pagado 162 millones de euros), desempleo de larga duración (en los últimos cinco años se han pagado 1.995 millones de euros), desahucio de la vivienda habitual y dependencia, beneficiando a una media anual de 86.000 partícipes. En los Planes de Pensiones Individuales y Asociados se podrá disponer de los derechos consolidados correspondientes a aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2015 una vez que éstas tengan 10 años de antigüedad, es decir, a partir de 2025 y también se podrá disponer a esa fecha del ahorro que el partícipe tuviese a 31 de diciembre de 2014.

El objetivo de esta nueva ventana permanente de liquidez es el de permitir a los partícipes más jóvenes eliminar el inconveniente que suponía el principio de iliquidez, salvo los supuestos ya mencionados, especialmente durante los primeros años de vida laboral.

¿Son instrumentos seguros?

Los Fondos de Pensiones son patrimonios separados e independientes del balance de las entidades gestoras y depositarias. Tanto las aportaciones a Planes de Pensiones y sus rendimientos, que son propiedad de los partícipes, como los valores en los que invierten los Fondos de Pensiones, que son custodiados por las entidades depositarias, disfrutan de absoluta seguridad.

En caso de insolvencia de la depositaria o de la gestora, el Fondo de Pensiones no se disuelve y se sustituye (gestora o depositaria) por otra entidad, sin afectar, por tanto, a la situación del partícipe. Para reforzar aún más esta seguridad, en julio de 2015 se aprobó la modificación de la Ley Concursal, en la que se reconoció de forma expresa el carácter de ley especial de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones en caso de concurso del depositario.

¿Son transparentes los planes?

El Real Decreto 681/2014, de 1 de agosto, ha aumentado la transparencia en los Planes de Pensiones al establecer la información esencial que preceptivamente recibe el partícipe antes de contratar un Plan de Pensiones Individual a través del documento de datos fundamentales para el partícipe, incorporando en un documento sencillo información sobre el mismo.

Siendo cierto lo anterior, aún existen muchos retos y mejoras que las gestoras deben afrontar, especialmente teniendo en cuenta el envejecimiento de la población, que supondrá una intensificación del papel que el sistema de capitalización debe tener en nuestro país y que debería ser equivalente a la media de los países de la OCDE (40 por ciento de tasa de sustitución del sistema de reparto y 23 por ciento del de capitalización), frente al 73 por ciento del sistema de reparto en España, con un nulo aporte del de capitalización.

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