Energía

Repsol gana el primer asalto a Iberdrola: no hay ecopostureo en sus anuncios

  • La eléctrica tiene abierto otro frente en los juzgados pero tendrá que pagar las costas de Autocontrol
  • Greenpeace, Ecologistas en Acción y CECU recogen el guante de Ribera y denuncian a la petrolera ante la CNMC
Josu Jon Imaz, consejero delegado de Repsol

El primer asalto de la batalla entre Repsol e Iberdrola por el ecopostureo ya tiene un ganador: la petrolera. La Sección primera del Jurado de Autocontrol (Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial) ha dado la razón a Repsol tras la reclamación presentada por Iberdrola contra un anuncio de la petrolera que promociona el uso de los llamados combustibles 100% renovables.

Iberdrola considera que la publicidad de la petrolera resulta contraria al principio de veracidad para inducir al error, ya que genera la impresión de que toda la actividad y productos de dicha compañía, son ahora 100% renovables, cuando la mayor parte de ellos son de origen fósil. En opinión de la eléctrica, este circunstancia puede alterar el comportamiento del consumidor.

Para la compañía que dirige Ignacio Galán, la afirmación de que un combustible es 100% renovable o de forma extensiva que la calidad general de Repsol es 100% renovable, puede llevar a engaño.

La eléctrica además manifiesta la falta de veracidad en las características del producto promocionado, ya que no se pueden suministrar a todos los vehículos del parque sino solo a aquellos compatibles con combustibles XTL, en el caso de vehículos diésel y E10 para los de gasolina. Asimismo, no se informa de que el consumo energético de estos combustibles renovables es entre un 50 y un 100% superior al combustible tradicional.

Las afirmaciones de la eléctrica, no obstante, no han logrado convencer al organismo de vigilancia de la publicidad que al contrario asegura que Repsol ha demostrado que la gasolina renovable cumple la especificación europea EN 228, por lo que es automáticamente compatible con los vehículos diseñados para emplear este carburante (en concreto, todos los vehículos actualmente a la venta y prácticamente todos los vehículos gasolina comercializados desde 2000).

La petrolera también ha demostrado que, en España, el Ministerio de Industria no ha prorrogado la necesidad de mantener una gasolina de protección para vehículos antiguos (gasolina E5 con un menor contenido de etanol que la gasolina E10), habiendo finalizado la última prórroga el 31 de diciembre de 2019. Por tanto, cabe concluir que, en este momento, toda la gasolina comercializada en España debe ajustarse a las especificaciones de una gasolina E10, que es la especificación que cumple la gasolina renovable comercializada por Repsol. Por la tanto, indican ante la ausencia de cualquier prueba o indicio de incompatibilidad de la gasolina renovable Repsol con vehículos no etiquetados como E10, debe concluirse que la información y justificación aportada por Repsol resulta suficiente.

Iberdrola alega el carácter engañoso de la publicidad al no advertirse en ella que los resultados que puedan esperarse de la utilización de los mismos difieren en gran medida de los resultados que el consumidor pudiera esperar de un combustible tradicional. Esto es así, según la reclamante, porque el consumo energético de los combustibles promocionados es entre un 50 y un 100% superior al tradicional. Sin embargo, Autocontrol considera que no aporta prueba específica a este respecto.

Repsol afirma haber llevado a cabo ensayos experimentales en vehículos alimentados con combustibles 100% renovables y los resultados obtenidos muestran que el consumo es equivalente con vehículos que utilizan combustibles fósiles o convencionales. Un estudio experimental llevado a cabo por Applus Idiada en el que se comparaba el combustible diésel promocionado, con un combustible Euro6 diésel (B7). Se llevaron a cabo tres tests de ciclos WTLC con cada carburante utilizando el mismo automóvil. Las conclusiones del estudio afirmaban que el uso del combustible promocionado lo incrementaba únicamente en 0,2 litros cada 100 km de media.

Finalmente, Autocontrol indica que si bien Repsol (en cumplimiento de la carga de la prueba que le incumbe) está obligado a acreditar el carácter 100% renovable de sus combustibles, no existe norma alguna que le obligue a incluir en la publicidad las razones de esta calificación, salvo que su omisión pueda generar en el público destinatario alguna falsa expectativa o falsa impresión, circunstancia que no concurre en el presente caso, pues Iberdrola no alega y el Jurado tampoco aprecia el engaño al que puede conducir el hecho de que en la publicidad no se revele la razón por la que los combustibles son renovables, siempre y cuando los combustibles promocionados -como queda dicho- cumplan los requisitos para acceder a dicha calificación.

Con la decisión de Autocontrol, Iberdrola queda ahora pendiente de la decisión del Juzgado de Santander donde también denunció a la petrolera por el mismo motivo.

Nueva denuncia

Por otro lado, Greenpeace, Ecologistas en Acción y CECU han recogido el guante lanzado por la vicepresidenta y ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, y han presentado una denuncia ante la Comisión Nacional de Mercados y Competencia y ante la Dirección general de Consumo.

Las organizaciones han presentado sendas denuncias por declaraciones ambientales engañosas tras haber llevado a cabo una investigación, durante 2022 y 2023, focalizada en el impacto de la actividad de Repsol sobre la deforestación en Indonesia y su contribución al aumento de las emisiones responsables del cambio climático. España es el principal importador de aceite de palma de Indonesia y el mayor productor de biocombustibles en la UE. En España el 72,5 % del biodiésel y casi el 100 % del hidrobiodiésel se fabrica con aceite de palma. Y Repsol es uno de los principales importadores de aceite de palma y productor de biodiésel con este aceite.

Los demandantes han presentado sendas denuncias contra Repsol ante los organismos reguladores encargados de la tutela de los derechos de las personas consumidoras y del derecho a la competencia. Los denunciantes se amparan en el incumplimiento por parte de Repsol de la Ley General de Consumidores, la Ley General de Publicidad, la Ley de Defensa de la Competencia y la Ley de Competencia Desleal, así como de la legislación europea.

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