La Comisión Europea tiene ya en sus manos el primero de los dos informes definitivos que pidió el pasado mes de octubre para analizar el comportamiento de los precios de la electricidad. El Ejecutivo comunitario pidió un análisis sobre el funcionamiento del mercado mayorista a ACER -cuyo resultado final todavía no se conoce- y otro a ESMA (la CNMV europea) para analizar la existencia de anomalías en el mercado de CO2.
Según el informe definitivo elaborado por la European Securities and Market Authority (ESMA), el análisis de datos no ha descubierto ninguna anomalía importante o problema fundamental en el funcionamiento del mercado del carbono de la UE desde la perspectiva de la supervisión financiera. De este modo, la CNMV europea deja, por segunda vez, en entredicho los argumentos de especulación financiera que esgrimió el Gobierno español para pedir la adopción de medidas urgentes en este mercado.
Con este análisis, ESMA se ratifica en su opinión inicial del pasado noviembre, adelantada por elEconomista, aunque realiza doce recomendaciones con posibles mejoras a la Comisión Europea y dos puntos para consideración política en el debate que corresponda a los receptores del informe.
Según ESMA, la evolución observada de los precios del carbono y la volatilidad parecen haber seguido los fundamentos del mercado. En este contexto, la aparición de nuevos participantes (e instrumentos) con estrategias de compra y retención justifica un seguimiento futuro en la medida en que pueden provocar una reducción de la oferta de derechos de emisión físicos disponibles, aunque las pruebas sugieren que su impacto es limitado hasta el momento.
Esma asegura también que se ha enfrentado a importantes retos al tratar de identificar el origen de los participantes en el mercado, lo que dificulta la obtención de una imagen clara de quién negocia y desde dónde.
El organismo supervisor cree que es necesario resolver estos problemas para mejorar el futuro de los mercados de carbono y recuerda que también hay desafíos cuando se trata de la evaluación de los datos disponibles.
Por estos motivos, el organismo realiza doce recomendaciones que pasan por:
1. La ampliación de los controles de gestión de posiciones a los centros de negociación de derivados sobre derechos de emisión.
2. La adaptación de la información sobre posiciones en derechos de emisión.
3. Modificar la estructura de las cuentas en el Registro de la Unión para permitir la identificación de los titulares de las cuentas EUA para que el Registro de la Unión pueda utilizarse como fuente de datos para la supervisión del mercado y la transparencia de los participantes en el mismo.
4. La publicación de informes semanales sobre las posiciones abiertas en los futuros sobre emisiones, además de los actuales informes combinados sobre posiciones abiertas en futuros sobre derechos de emisión y opciones sobre futuros sobre derechos de emisión.
5. Proporcionar una mayor claridad a los participantes en el mercado en cuanto a la clasificación de las contrapartes en los informes semanales de posiciones.
6. Como parte de la revisión de la norma RTS 2 en curso, la ESMA estudiará la posible necesidad de recalibración de los umbrales de transparencia para los derechos de emisión y los derivados de derechos de emisión.
7. Proporcionar más orientaciones para garantizar que sólo se utilicen los ISIN "de la UE" a efectos de informar sobre los derechos de emisión al contado.
8. Aclarar la distinción entre los derechos de emisión al contado y los derivados sobre derechos de emisión.
9. Aumentar el nivel de transparencia de los derivados OTC.
10. Introducir un nuevo identificador en el caso de agrupación de órdenes que sería generado y notificado por una sola entidad por ejecución de mercado y que sería único para los informes del lado del mercado y los informes del lado del cliente correspondientes a la misma ejecución.
11. Modificar el Reglamento de subastas de la UE para garantizar que la ESMA también reciba la información sobre las operaciones en los mercados primarios.
12. Aumentar la armonización de los datos en línea con las normas y estructuras utilizadas en informes reglamentarios en el marco de la MiFID/EMIR e invitar a la Comisión a estudiar la posibilidad de definir las normas de protección de los activos cuando las cuentas del Registro se utilicen como cuentas ómnibus.
Además, la CNMV europea anima a que se aplique oportunamente el requisito de la identificación de los titulares de las cuentas.
En la misma línea, Esma abre dos posibles debates a tener en cuenta: La aplicación de límites de posición sobre la posición abierta que una persona puede mantener en derivados de derechos de emisión y contratos OTC económicamente equivalentes y una supervisión centralizada del mercado del carbono.
En ambos casos, el organismo no realiza recomendaciones y deja en manos de la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo las consideraciones necesarias.
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