
Este 10 de noviembre, la Comunidad de Madrid ha abierto el plazo para la inscripción de todas las empresas que quieran gozar del bono turístico de hasta 600 euros que podrán utilizar los visitantes de la región durante los próximos meses. Con diferentes requisitos, eso sí, por lo que no se puede adherir cualquier establecimiento, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha salido al paso para resolver todas las dudas.
El próximo martes, 16 de noviembre, se abrirá el plazo para solicitar uno de los bonos de 600 euros con los que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso quiere potenciar el turismo en la capital y sus municipios colindantes. Una medida que para este ejercicio contará con una partida de 5 millones de euros a financiar el 50% de los productos ofertados en el programa (IVA incluido).
A solicitar el bono antes del 15 de mayo, hasta agotar existencias, todos los visitantes de la región en los próximos meses podrán canjear este dinero, como máximo, en los 40 días posteriores a la reserva. En diferentes establecimientos, el BOCM ha publicado los requisitos para que estas compañías puedan adherirse al bono que generará una ayuda importante (sin límite fijado) para paliar las consecuencias de la covid-19.
¿Qué empresas pueden inscribirse?
En primer lugar, solo pueden inscribirse al programa Agencias de viaje y alojamientos tales como hoteles, hoteles-apartamento, hostales, pensiones, casas de huéspedes, hostels, campamentos de turismo, hoteles rurales, casas rurales y apartamentos de turismo rural. Es decir, aquellas empresas que de "forma profesional y habitual ejercen su actividad turística en la Comunidad de Madrid".
¿Qué productos son subvencionables?
De la misma forma, el BOCM deja claro que solo serán subvencionados los servicios y productos de alojamiento turístico (mínimo una noche) y los comercializados por las agencias cuyo consumo se realice en la Comunidad (los transportes desde fuera deberán incluir un alojamiento de mínimo dos noches).
Los servicios de transporte fuera de España, el consumo de bar y minibar, bebidas alcohólicas, televisión y gastos de gestión no serán subvencionables.
¿Cómo inscribirse al programa?
A través de la plataforma, ya abierta este 10 de noviembre, las compañías deben incluir su nombre, representante, NIF, ubicación y número de la cuenta corriente, así como la documentación que acredite las ayudas "de minimis" del ejercicio actual y los dos anteriores.
Una vez completado esto y aceptado por la Cámara de Comercio de la región, Nautalia Viajes ha sido la primera, se habilitará un área para gestionar todas las reservas de los turistas e incorporar los justificantes que posteriormente se traducirán en ayudas.
¿Cómo recibo el pago del 50% de los productos?
Al solo hacer frente el cliente de la mitad del gasto, las empresas deberán introducir estos recibos de pago durante los próximos diez días naturales desde el consumo de los mismos. Para ello se deberá incluir el número de bono, el nombre de usuario beneficiario, el emisor, los servicios prestados, el descuento aplicado del 50% (IVA incluido) y la fecha.
Será una vez se adjunte esto y la Entidad colaboradora compruebe la documentación, cuando en un plazo de 30 días naturales se procederá al pago mediante ingreso en la cuenta indicada. Para ello es condición indispensable seguir cumpliendo el límite "de minimis". Estos gastos bonificados deberán quedar reflejados en los registros contables durante los próximos cuatro años.
¿Es compatible con otras ayudas?
Tal y como reseña el BOCM, la "subvención obtenida en este programa será compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones Públicas". De la misma forma, las empresas deberán indicar al Gobierno regional la percepción de estas otras prestaciones que se hayan recibido con el mismo objeto.
¿Qué obligaciones tienen las empresas?
Por último, cabe destacar una serie de obligaciones que adquieren las empresas al adherirse al programa. Estas son la publicidad en el establecimiento, emitir un documento de reserva por cada reserva efectuada, presentar la justificación en la plataforma y conservar los recibos para que puedan ser verificados por los órganos fiscales de la región.
Todo con el fin de potenciar el consumo de productos y servicios turísticos en los 179 municipios de la Comunidad de Madrid, fortalecer las empresas regionales, favorecer el tejido empresarial turístico, dinamizar la actividad y paliar el efecto de la covid-19. Un sector, el del turismo, que representa el 7% del PIB de la capital y sus alrededores y emplea a 400.000 personas.