Empresas y finanzas

La nueva Ley Concursal, base de la futura reforma, entra hoy en vigor

  • El nuevo texto fue aprobado por el Gobierno en mayo
Imagen: Getty.

La nueva Ley Concursal, que incluye en un texto refundido las casi 30 modificaciones que ha sufrido esta norma desde su creación, entra en vigor este martes, 1 de septiembre.

Este texto refundido, que fue aprobado por el Gobierno el pasado mes de mayo, servirá de base para incorporar modificaciones en materia de transposición de directivas y otras reformas normativas, según señaló en su momento la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero.

Existía además "abundante" normativa de la Unión Europea (UE) en materia concursal y un "prolijo" desarrollo de la misma que obligaba a plantear la aprobación de un Real Decreto.

Desde su aprobación en 2003, la Ley Concursal ha sido modificada en 28 ocasiones, lo que ha generado incongruencias, problemas interpretativos y una alteración sistemática de su contenido que habían derivado en un problema de seguridad jurídica, según el Ministerio de Justicia.

Por ello, fruto del mandato del Parlamento para refundir, armonizar, clarificar y ordenar la legislación concursal, realizado en mayo de 2015 y renovado el 21 de febrero de 2019, el Gobierno aprobó en mayo un real decreto.

España tiene pendiente la transposición de la directiva europea, aprobada el año pasado y que está llamada a arrojar luz sobre el asunto.

El plazo límite estipulado para la reforma sería junio de 2021, esto es, dos años desde su publicación en el Diario Oficial de la UE, si bien los Estados miembros tienen la posibilidad de solicitar un año más de prórroga.

510 artículos más

El texto de la Ley Concursal hasta ahora vigente consta de 242 artículos agrupados en 10 títulos. El nuevo texto refundido cuenta con un total de 752 artículos divididos en tres libros.

El primero de ellos, compuesto por más de una docena de títulos, está relacionado con los concursos de acreedores o antiguas suspensiones de pagos.

Tras este, se desarrolla el derecho preconcursal, donde se regulan aspectos como las comunicaciones y los acuerdos de financiación, mientras el tercero versa sobre las normas de derecho internacional privado.

La nueva norma fue informada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal y las Secretarías Generales Técnicas de los Ministerios coproponentes (Justicia y Asuntos Económicos y Transformación Digital) y fue objeto de información pública, recibiéndose más de 23 escritos de observaciones. También fue informada por el Consejo de Estado.

Pese a que se aprobó en mayo, el Gobierno decidió que el real decreto sobre la Ley Concursal entrara en vigor más tarde, el 1 de septiembre, para que todos los operadores jurídicos tuvieran tiempo suficiente de conocerlo.

Una normativa mejorable

La Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) considera insuficiente la reforma de la Ley Concursal que entra en vigor mañana y teme que el escaso margen dado para su entrada en vigor, así como la crisis económica causada por la pandemia de covid-19, provoque un mayor colapso en los juzgados.

"Hubiera sido interesante que se hubiera puesto en marcha el 1 de enero", apunta en el mismo sentido a EFE Igor Ochoa, de Dipcom Corporate.

Esta asociación ve el Texto Refundido de la Ley Concursal "un buen punto de partida para mejorar la ley concursal" y trasponer la directiva europea de insolvencia, pero considera que "tal como está no va a ayudar a la viabilidad de las empresas, especialmente ante la crisis del covid-19".

En este sentido, ve "imprescindible" que la ley recoja el acceso a la profesión del administrador concursal, así como su especialización y profesionalización para el buen funcionamiento de la ley, medidas no incluidas en la reforma.

Tampoco comparte el plazo dado para la entrada en vigor de la nueva ley, pues consideran que ha dado "muy poco tiempo" a jueces y administradores concursales para conocer el texto en profundidad, justo en un momento crítico debido al colapso en juzgados, y por ello propuso extender el plazo un año y otras medidas que eviten el colapso en los juzgados.

Es el caso de encargarse de la totalidad de los concursos de acreedores, la simplificación de la solicitud de concurso, la creación de juzgados de refuerzo o no computar pérdidas generadas desde la promulgación del estado de alarma.

El presidente de ASPAC, Diego Comendado, espera ahora que la transposición completa de la directiva europea de insolvencia logre consolidar "una Ley Concursal que sea realmente útil para la sociedad y las empresas, en un momento en el que se hace más necesaria que nunca".

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