Empresas y finanzas

Las inmobiliarias madrileñas ven insuficientes las medidas del Gobierno y piden la exención del pago de las rentas de locales

  • Piden una exoneración del alquiler con cargo a fondos públicos

La Asociación Madrileña de Empresas Inmobiliarias (Amadei) considera extemporáneas e insuficientes las medidas extraordinarias presentadas ayer por el Gobierno para el pago de alquileres de locales, oficinas y naves industriales con el objetivo de ayudar a pymes y autónomos afectados por el covid-19.

El comercio minorista de actividades no esenciales y la restauración, son dos de los sectores más afectados por la crisis desde que se decretara el Estado de Alarma al verse obligados a cerrar sus locales y tener que seguir pagando el alquiler de los mismos. Desde el sector llevan meses solicitando ayudas concretas y también exoneraciones de las rentas, ya que estas suponen de media y aproximadamente una cuarta parte de sus costes fijos.

Sin embargo, las medidas que se recogen en el Real Decreto-Ley 15/2020 de 21 de abril de 2020 van encaminadas hacia la moratoria y aplazamiento de los pagos de las rentas y se fijan diferencias teniendo en cuenta el perfil del propietario del local, distinguiendo entre los grandes arrendadores, con más de 10 locales en propiedad, o los particulares.

Desde Amadei, que ya advirtió semanas atrás que se estaba produciendo un "abandono total por el Gobierno de los arrendatarios de locales y oficinas", se considera que las medidas adoptadas son extemporáneas y, en cualquier caso, insuficientes, por lo que no se ha solventado en absoluto el problema detectado.

Las agencias madrileñas apuntan que se trata de una problemática que se conocía desde el inicio de la pandemia al decretarse el cierre al público de los negocios no esenciales y se aborda "de forma tardía y claramente insuficiente".

"Si no se pueden utilizar los locales, oficinas y naves por la medida de cierre decretada por el Gobierno, no se entiende por qué hay que abonar las rentas de los mismos, aunque sea de forma fraccionada y aplazada en el tiempo", apuntan desde Amadei. 

La asociación considera que se debe decretar la exención del pago de las rentas con cargo a fondos públicos para paliar el perjuicio sufrido por los arrendatarios, no moratorias ni aplazamientos.

Se considera gran tenedor a aquellos que tienen en propiedad más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2

Además, apunta que "nunca debe recaer sobre el arrendador la obligación de soportar un aplazamiento o fraccionamiento de rentas, dado que el incumplimiento de su prestación para con el arrendatario -el goce del local- no le es imputable, sino que es un incumplimiento sobrevenido y no culposo, impuesto por imperativo legal".

Las medidas del Gobierno para locales que pertenecen a grandes tenedores (aquellos que tienen más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2) o entidad pública de vivienda, permiten que el inquilino afectado por el impacto de la crisis sanitaria solicite al propietario la concesión de una moratoria en el pago de las rentas que se aplicará de forma automática. El aplazamiento se producirá durante el tiempo que dura el estado de alarma y se podrá extender hasta cuatro meses como máximo con prorrogas de un mes. El pago del alquiler se podrá aplazar sin penalización ni intereses mediante el fraccionamiento de las cuotas en un plazo de dos años. 

Arrendadores particulares

En el caso de arrendadores que no sean grandes tenedores las pymes y autónomos afectados podrán solicitar, en el plazo de un mes, un aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta. En este caso se permitirá el uso de la fianza para que el arrendatario pueda afrontar el pago del alquiler con más liquidez.

"se establece un horizonte evidente de clara conflictividad judicial, dado que no se especifica la obligatoriedad del arrendador de aceptar la propuesta de aplazamiento del pago de la renta, ni tampoco se concretan los términos de dicho aplazamiento, ni siquiera cómo deben establecerse las comunicaciones entre las partes", denuncian desde Amadei.

La posibilidad de utilizar la fianza para el pago de estas rentas afectadas por el estado de alarma, deja sin cobertura al arrendador para el caso de que se hayan producido daños en el inmueble a la fecha de su entrega

Además, se quejan de que no se instrumenta programa específico de ayudas transitorias de financiación "para el caso de que la parte arrendadora no acepte ninguna propuesta de aplazamiento, discriminando claramente a los arrendatarios comerciales de los de vivienda".

En los casos en que quede menos de un año de vigencia del contrato, "la posibilidad de utilizar la fianza arrendaticia para el pago de estas rentas afectadas por el estado de alarma, deja sin cobertura al arrendador para el caso de que se hayan producido daños en el inmueble a la fecha de su entrega", apuntan.

En el resto de casos, no se especifica que la no reposición de la fianza en el plazo de un año, pueda entenderse como incumplimiento contractual y por ende causa de resolución del contrato y desahucio. Además, esa fianza está depositada obligatoriamente en la Comunidad Autónoma, con lo cual el arrendador se vería obligado a solicitar su devolución con el trámite y dilación que ello conlleva.

Desde Amadei creen que "en absoluto se debe vincular la efectividad de las medidas de aplazamiento a acreditar, en su caso, haber solicitado el cese de actividad, toda vez que muchas empresas se han visto obligadas a cerrar sus centros de negocio y se han acogido al régimen de teletrabajo desde casa, con lo cual no han solicitado dicho cese de actividad".

De este modo, la asociación considera que "el Gobierno debería haber aprobado medidas de exención del pago de rentas o, en su defecto, compensación, financiación o subvención, todo ello con cargo al erario público y no obligar al propietario, sea gran tenedor o no, a soportar las consecuencias económicas de esa financiación a su exclusivo cargo".

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