El Ministerio de Trabajo ofreció a CEOE y Cepyme en la última reunión del Estatuto del Becario ayudas a las empresas que accedan a amparar a estudiantes de universidad, de FP o de cursos del Sepe para hacer prácticas en su organización. En la última reunión, del 27 de julio, entregó una nueva propuesta con la posibilidad de ayudas. Sin embargo, la redacción quedaba sin precisar, algo que generó el rechazo de la CEOE cuyos representantes en la mesa han solicitado una mayor precisión. Una postura que desde el Ministerio de Trabajo se interpreta como un rechazo a consensuar el texto lo que abre la puerta a un pacto solo con los sindicatos.
En concreto, Trabajo ha incluido en el borrador la siguiente disposición adicional: "Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de esta norma se podrán beneficiar de una bonificación por costes derivados de tutorización, en la cuantía y condiciones previstas legalmente".
Fuentes de los negociadores explican que esta bonificación se aplicaría sobre la cotización a la Seguridad Social de aquellos trabajadores a los que la empresa adjudique labores de tutoría de los becarios. No obstante, quedaría por precisar a qué porcentaje de la cuota podría aplicarse la bonificación de estos trabajadores con funciones formativas.
Tiempo de formación
En principio, aunque no hay nada hablado, el porcentaje de reducción sería equivalente a las horas que el trabajador dedique a las labores formativas. Así, si dedica a los becarios 2 horas de las 8 diarias, supondría un 20% de su tiempo y, por tanto, la bonificación sería del 20%.
El borrador da algunas pistas de la dedicación máxima de un trabajador a las labores formativas de los becarios. Así, cada persona tutora podrá tener como máximo, de modo simultáneo, a cinco personas en formación práctica. Aunque en el ámbito de las empresas de menos de treinta personas trabajadoras, el límite anterior será de tres personas en prácticas por cada persona tutora.
En ningún caso, el Estatuto de las personas en formación práctica en el ámbito de la empresa -conocido como el Estatuto del becario- establece que el número de personas en formación práctica podrá superar el 20% de la plantilla total de la empresa.
No obstante, abre una puerta especial para las micropymes. El borrador permite que cualquier empresa pueda concertar formación práctica con dos personas, con independencia del número de personas de plantilla. Lo que podría llevar a que una empresa con un solo trabajador podría tener incluso dos becarios que estarían tutorizados por este trabajador de plantilla.
La mitad en micropymes
Lo cual no es desdeñable si se tiene en cuenta que las micropymes entre 1 y 25 empleados son las empresas que más becarios aceptan. Un estudio de CCOO calcula que la mitad de los becarios reciben formación en este segmento de empresas y otro de UGT cifra en 350.000 las personas que realizan prácticas en las empresas al año como becarios.

El Ministerio de Trabajo pretende con la regulación del Estatuto del becario (se quiere desterrar el término becario) es acabar con el supuesto fraude que se produce con esta figura. Desde el Trabajo y los sindicatos denuncian que muchos de estos becarios desempeñan funciones similares a la plantilla lo que supone un puesto de trabajo encubierto.
Sin relación laboral
El nuevo Estatuto hace hincapié de que no existe una relación laboral y, por tanto, contractual con la persona en formación en práctica. Por tanto, no puede desempeñar funciones que estén desarrollando personal de plantilla.
Si la empresa quiere que una persona en formación desarrolle labores básicas de la empresa, puede recurrir a las dos modalidades de contratos en formación regulados por el artículo 11 del Estatuto del Trabajador. En ambos casos, deberá remunerar con un salario y deberá firmar un contrato con el formado. No es el caso de los becarios, que se limitarán a recibir una compesnasción por los gastos en los que incurran.
Por tanto, la formación de estos estudiantes, amparados por un convenio o acuerdo firmado entre la empresa y su centro de formación, no tiene un gran beneficio para las empresas más allá de captar talento.
Obligaciones económicas
Sin embargo, el Estatuto establece dos obligaciones económicas: por un lado, deberá compensar al estudiante por los costes en que incurra para hacer las prácticas (locomoción, alimentación o alojamiento) y, por otro lado, deberá cubrir una cotización a la Seguridad Social. Aunque este último punto está por negociar con el Ministerio de la Seguridad Social, se ha establecido en 15 euros, pues el resto está exonerado. En cualquier caso, un coste para las empresas por acoger a estos estudiantes.
Atractivo para la empresas
Conscientes de ello, sindicatos y Ministerio de Trabajo pretenden hacer atractivo la formación en las empresas. Lo que supondría, como mínimo, reducir incluso eliminar estos costes. Para ello se ha establecido esta compensación en las cuotas a la Seguridad Social del personal encargado de formar a las estudiantes.
Pero también, abre la puerta a que la compensación por los costes en que incurra la persona en formación práctica pueda ser abomado mediante becas, o incluso con servicios que preste la empresa, como servicio restaurante. Aunque, por otro lado, el Estatuto obligará a las empresas que acojan estudiantes en prácticas a tener acceso a todos los servicios que ofrezca la empresa a sus trabajadores.
Títulos de la empresa
Fuentes sindicales apuntan que uno de los puntos más conflictivos en la negociación radica en la formación no homologada que imparten las empresas a sus plantillas. Según estas fuentes, la CEOE pretende que esta formación no homologada pudiese extenderse a personas ajenas a la empresa, estudiantes externos, a los que se podría aplicar la formación en práctica regulada por este Estatuto.
Una posibilidad que rechazan tanto sindicatos como Gobierno que quieren limitar la formación en práctica a cursos homologados impartidos por FP, Universidad y el SEPE. Cosa distinta es que la formación que imparte una empresa esté homologada por alguna de estas instituciones.