El Ministerio de Hacienda ha decidido extender la devolución del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) cobrado de forma indebida, según sentenció el Tribunal Supremo el pasado octubre, sobre las prestaciones de maternidad y paternidad. Hasta ahora podían reclamarla aquellas personas que tuvieron o adoptaron un hijo a partir de 2014. Pero desde hoy podrán también solicitarla aquellos padres y madres que reclamaron el pago del tributo antes del fallo del Alto Tribunal. Según calcula la Agencia Tributaria, unos 8.000 contribuyentes más podrán beneficiarse de esta ampliación.
El departamento dirigido en funciones por María Jesús Montero ha informado este miércoles de que sus servicios jurídicos han determinado que también deben poder reclamar la devolución del IRPF aquellos progenitores que hubieran recibido "una resolución o sentencia firme contraria" a esta antes del pasado 3 de octubre, cuando el Supremo dictó su famosa sentencia.
Montero ha trasladado hoy esta decisión a las representantes de la Asociación de Afectadas y Afectados por el IRPF de Maternidad y Paternidad, ya que esta era la principal reclamación de la organización. Esta asegura que las conversaciones con la reunión con la ministra en funciones fue "muy cercana y fluida", y valoran positivamente la decisión del departamento, según trasladan a elEconomista.es. Eso sí, aseguran que ahora la clave será ver "qué camino van a seguir las haciendas forales.
Interrumpieron la prescripción
Según los servicios jurídicos de Hacienda, esta extensión es posible porque en la normativa vigente "se entiende habilitado el derecho a recibir la devolución de las madres y padres que contaban con resoluciones y sentencias firmes en contra".
Por tanto, la nueva ampliación beneficiará a las personas que interpusieron un recurso o reclamación antes de 2014 por el IRPF que, tal y como dictaminó más tarde el Supremo, no debían haber pagado; y si con ello interrumpieron la prescripción "el tiempo suficiente como para que aún no se hubiesen cumplido los cuatro años que marca la Ley General Tributaria", explica Hacienda en su comunicado de este miércoles.
Otro procedimiento de solicitud
No obstante, estos nuevos beneficiarios de la devolución del impuesto no lo deben reclamar por la misma vía por la que vienen haciéndolo desde diciembre los demás contribuyentes afectados.
Su forma de reclamar será mediante "una solicitud ordinaria" en la que el solicitante aporta su nombre, apellidos y NIF (número de identificación fiscal), junto con el año de percepción de la prestación y el número IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular. Esta solicitud, indica Hacienda, tendrá que presentarse o por registro electrónico o en cualquier registro de la Administración.
Eso sí, las madres y padres para quienes ahora se extiende el derecho a la devolución, y que ya hubiesen presentado la solicitud tras el fallo del Supremo, no necesitarán volver a presentarla ahora. Se tramitará esa misma solicitud.
De hecho, destaca el ministerio, el haber presentado una solicitud previa en algunos supuestos puede suponer "una ventaja": si se detuvo la prescripción, ahora es posible cobrar la prestación de ejercicios anteriores a 2014.
Y en el caso de que esta segunda solicitud se hubiera rechazado de nuevo, el interesado "deberá remitir un escrito a la Agencia Tributaria mostrando su oposición a esa resolución". Tras ello, la Administración procederá directamente a la devolución.
Cronología
El pasado 3 de octubre, el Tribunal Supremo zanjó una larga batalla judicial al dictar que las prestaciones de maternidad no debían tributar el IRPF. En consecuencia, Hacienda comenzó a preparar un mecanismo para llevar a cabo la devolución de las cuantías indebidamente cobradas a los afectadas en los ejercicios no prescritos (2014-2018), que finalmente anunció a principios de diciembre.
Antes, a finales de noviembre, el ministerio decidió extender también el de reclamación y devolución a los hombres. Y casi un mes después, a finales de diciembre, consideró que el fallo del Alto Tribunal debía beneficiar a los empleados públicos que abonaron el IRPF de los permisos de maternidad y paternidad de las mutualidades de previsión social.
Así, la nueva extensión anunciada este miércoles, que afecta a aquellos que reclamaron y les fue denegado antes de que el Supremo se pronunciara al respecto, puede beneficiar a unas 8.000 personas más, según calcula la Agencia Tributaria.
960 millones devueltos
El Ministerio de Hacienda ofreció los primeros daros sobre devoluciones hace casi tres meses. Entonces se habían pagado un total de 733 millones de euros.
Hasta el 11 de junio, el número de padres y madres que ya han recibido las cuantías que les debía el Estado ascendió a más de 734.000, según los datos que se han actualizado hoy. Así, la suma de las cantidades reintegradas (devolución más intereses) superaba los 960 millones de euros.
En concreto, los contribuyentes con derecho a devolución han recibido 1.309 euros de media. Las madres han percibido de media 2.066 euros y los padres, 483 euros. Estas cifras son un 29% y un 26% superiores, respectivamente, a las previsiones que hizo en un primer momento el Gobierno: calculó que la devolución media para las mujeres sería de 1.600 euros y para los hombres, de 383 euros.