
El Gobierno prevé aprobar bonificaciones de hasta el 80% en el IBI para inmuebles en alquiler de vivienda habitual cuya renta sea inferior a la determinada por el índice de precios de los contratos de vivienda en alquiler que también quiere poner en marcha, según se recoge en el borrador del real decreto-ley (RDL) de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler al que ha tenido acceso Europa Press.
Además de la bonificación del 80% del IBI, el borrador retoma la posibilidad de que los ayuntamientos puedan bonificar mediante ordenanza fiscal hasta el 95% de este impuesto para inmuebles con renta limitada por una norma jurídica, que ya se recogía en el decreto-ley que se tumbó en el Congreso.
Lo que no está muy claro es si se aprobará el RDL en este Consejo de Ministros... o en algún otro. Por lo pronto, no está programado para la reunión que el presidente del Gobierno celebrará con sus ministros en la mañana de este viernes.
Sin embargo, fuentes de Moncloa advierten que puede que finalmente se encuentre entre los temas del día del cónclave si, a última hora, se amarran todos los apoyos necesarios para que pueda ser convalidado en la Diputación Permanente.
El Gobierno espera lograrlos con la bonificación del IBI y con otras medidas incluidas en el RDL en el campo del alquiler, como sujetar las subidas de precio al IPC durante cinco año o establecer nuevas condiciones para los desahucios, entre otra. De esta manera, los negociadores de José Luis Ábalos quieren conseguir los 33 votos para inclinar la balanza de la Permanente a favor de los socialistas. El diálogo con los grupos políticos parece haber fructificado, pero complicaciones surgidas con alguno de ellos –concretamente, con confluencias de Unidos Podemos– estarían impidiendo que el Gobierno dé por cerrada la inclusión del texto en el Consejo de Ministros.
Plan contra el 'Brexit'
En cambio, sí que se da por hecha la aprobación del plan anunciado por Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, para que España afronte un Brexit sin acuerdo y del que ayer dio cuenta la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, en el Ágora de elEconomista.
El Consejo de Ministros también da hoy el visto bueno al RDL de igualdad, con el que se pretende perseguir la reducción de la brecha salarial entre hombres y mujeres en España. La medida más destaca que incluye es la de un registro de salarios en función del nivel del puesto de trabajo y del género obligatorio para todas las empresas y de carácter público para que pueda ser consultado por todos los empleados y empleadas de la compañía, algo a lo que ya están sometidas las compañías presentes en el Ibex 35.
Además, se aprueba el RDL que habilitará la creación de la Autoridad Macroprudencial, una herramienta que contribuirá a la coordinación de todos los supervisores financieros para evitar nuevas crisis económicas.
Otras novedades en vivienda
El texto del RDL de Vivienda recoge la creación de un sistema estatal de índices de referencia del precio del alquiler de vivienda, al que se vinculan determinados estímulos de la política fiscal, y también se establece la posibilidad de creación de sistemas de índices de referencia autonómicos a los efectos de diseñar las políticas y programas públicos en materia de vivienda en los respectivos ámbitos territoriales.
Asimismo, establece un plazo de ocho meses para que la Administración General del Estado elabore este sistema, "a través de un procedimiento sujeto a los principios de transparencia y publicidad".
Otros puntos del borrador
El texto mantiene el requisito que recogía el anterior Real Decreto tumbado por el Congreso en enero por el que se establecía en cinco años el periodo de prórroga obligatoria, salvo en caso de que el arrendador sea persona jurídica, en el que el plazo será de siete años.
Esta medida "responde así a las diferencias que tanto desde el punto de vista del tratamiento fiscal como de la realidad y características de la relación arrendaticia y del desarrollo de la actividad pueden existir en la práctica".
En cuanto a la prórroga tácita, establece que, llegada la fecha del vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas y una vez haya transcurrido el periodo de prórroga obligatorio, si no existe comunicación de alguna de las partes en la que se establezca la voluntad de no renovarlo, se prorrogará anualmente el contrato durante tres años más.
También recoge la limitación a dos mensualidades de la renta de alquiler la cuantía máxima de las garantías adicionales a la fianza que pueden exigirse al arrendatario y salvo que se trate de contratos de larga duración.
Por otro lado, vuelve a establecer que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización de contrato serán a cargo del arrendador cuando este sea persona jurídica y exceptuando los casos en los que el servicio haya sido contratado por iniciativa directa del arrendatario.
Si no hay pacto, solo subida con el IPC
Cuando no hay pacto entre las partes para la actualización anual de la renta, el real decreto recoge que el incremento producido como consecuencia de la actualización no podrá exceder la variación del último IPC publicado en la fecha de revisión, si bien el Gobierno renuncia a introducir límites a los precios.
Respecto a los inmuebles turísticos, establece una modificación técnica en la exclusión del ámbito de aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), suprimiendo la limitación de que estas deban ser necesariamente comercializadas a través de canales de oferta turística y remitiendo específicamente a lo establecido en la normativa sectorial turística que resulte de aplicación.
También mantiene, al igual que en el anterior real decreto, la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos para que se requiera el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
Asimismo, esta misma mayoría se requerirá para el acuerdo por el que se establezcan cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda turística, "siempre que estas modificaciones no supongan un incremento superior al 20%". "Estos acuerdos no tendrán efectos retroactivos", apunta el real decreto.