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Economía

Aviso a los autónomos de toda España: la AEAT está multando a los que no hacen esto con sus facturas

Se estima que en España hay alrededor de 3.414.593 trabajadores por cuenta propia, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Trabajo, una cifra de récord teniendo en cuenta que "el registro más cercano a esta cifra se produjo en mayo de 2008", destacó en su momento el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor.

Pero ser autónomo en nuestro país no es nada fácil. La presión fiscal y la burocracia son dos de los principales impedimentos para emprender, además del sacrificio personal que supone hacerlo desde cero. A esto tenemos que sumarle que la Agencia Estatal de la Agencia Tributaria (AEAT) persigue con empeño cualquier movimiento sospechoso para sancionar a sus infractores, que acusan una cacería fiscal mientras pagan por trabajar.

Cuidado con no guardar las facturas

Hay varios supuestos en los que Hacienda puede multar a los autónomos, por ejemplo a los que no cumplan con lo referente a la normativa de facturación. Este reglamento obliga a los autónomos a guardar todas las facturas (tanto las que pagan como las que emiten) durante al menos cinco años para que la Inspección pueda realizar las comprobaciones oportunas.

Tal y como recoge el artículo 201 de la Ley General Tributaria: "Constituye infracción tributaria el incumplimiento de facturación y documentación", cuyas sanciones dependen de la gravedad de la propia infracción y que puede llegar a ascender a 3.000 euros o hasta el 4% de la facturación de la persona. Se refiere asimismo a los errores en la expedición, recepción, conservación y hasta en la rectificación.

Infracciones comunes

La solicitud indebida de incentivos fiscales también puede acabar con sanción. La omisión de datos para conseguir alguno es considerado motivo de infracción grave, comportamiento que podrían acarrear una multa proporcional del 25% sobre la base de la sanción (la cantidad indebidamente solicitada). Ocurre cuando, por ejemplo, se solicita la devolución del IVA presentando una contabilidad falseada.

Se entiende así que la AEAT podría sancionar también a los autónomos en cuya contabilidad existan anomalías. De hecho, retrasarse en la contabilización o incumplir la conservación de la contabilidad conlleva una multa de 150 euros.

El calendario fiscal

Incumplir con las fechas de presentación de impuestos o presentar autoliquidaciones con errores también podría conllevarnos una multa considerable. Para evitarnos sanciones, a continuación recordamos las fechas más importantes del calendario fiscal de 2025 para los trabajadores por cuenta propia:

  • Hasta el 21 de julio: Modelo 111, 115, 123, 130, 131, 303, 309, 349 y 380.
  • Hasta el 30 de julio: Modelo 303, 322, 353 y 380.
  • Hasta el 31 de julio: Modelo 369 y 490.
  • Hasta el 1 de septiembre: Modelo 303, 322, 353 y 380.
  • Hasta el 22 de septiembre: Modelo 349.
  • Hasta el 30 de septiembre: Modelo 303, 322, 353, 369, 380, 360 y 361.
  • Hasta el 20 de octubre: Modelo 111, 115, 123, 130, 131, 202, 303, 309, 349 y 380.
  • Hasta el 30 de octubre: Modelo 303, 322, 353 y 380.
  • Hasta el 31 de octubre: Modelo 369 y 490.
  • Hasta el 5 de noviembre: Modelo 102.
  • Hasta el 20 de noviembre: Modelo 349.
  • Hasta el 30 de noviembre: Modelo 369.
  • Hasta el 1 de diciembre: Modelo 303, 322, 353 y 380.
  • Hasta el 22 de diciembre: Modelo 202 y 349.
  • Hasta el 30 de diciembre: Modelo 303, 322, 353 y 380.
  • Hasta el 31 de diciembre: Modelo 036, 037 y 369.

Varios modelos aparecen en repetidas ocasiones porque se corresponden con documentos trimestrales o mensuales, que hay que presentar varias veces a lo largo del año. En caso de que el resultado de alguna declaración fuese a pagar, por ejemplo, y Hacienda hace un requerimiento, la sanción será el importe más un porcentaje que va del 50% al 150% según la gravedad de la infracción.

Algo parecido ocurriría si al presentar los impuestos del cuarto y último trimestre no hubiera correlación en la información aportada, un error por el que te podrían enviar también otro requerimiento.

Por todo esto, lo mejor es estar al corriente de nuestras obligaciones como autónomos y rendir cuentas a Hacienda cuando corresponde, además de no falsear información ni entorpecer a la Administración en sus tareas.

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