Economía

Un asesor del SEPE confirma que los mayores de 55 años tienen derecho a cobrar un subsidio de forma indefinido en estos casos

Fernando Maján, asesor del SEPE, en una imagen de archivo. Foto: Madrid Trabaja.

Los trabajadores que se quedan sin empleo en edades cercanas a la jubilación se encuentran con una doble preocupación: por un lado, la pérdida de ingresos en una etapa vital en la que es más complicado reingresar al mercado laboral y, por otro, la necesidad de seguir acumulando cotizaciones de cara a la jubilación.

En estas circunstancias puede ser un chaleco salvavidas la figura del subsidio para mayores de 52 años, un subsidio clave porque se abona de forma indefinida hasta la edad de jubilación y conlleva cotizaciones de hasta el 125% de la base mínima de cotización.

Las condiciones bajo las que se concede este subsidio las ha repasado Fernando Majón, asesor de la subdirección general de Prestaciones del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), en su habitual consultorio en el programa radiofónico de Onda Madrid, 'Madrid Trabaja'.

En el programa, Maján responde a la duda de una trabajadora que, a punto de cumplir 55 años, y tras más de un año desempleada, se pregunta si puede percibir el subsidio para mayores de 52 años.

Maján responde: "No solamente por tener la edad y por tener años cotizados puedes acceder al subsidio para mayores de 52 años. La norma establece que requiere primero haber agotado una prestación contributiva o acreditar una situación legal de desempleo".

El asesor explica que en el caso de agotamiento del paro se puede pedir un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva y que ese subsidio se transforma en el de para mayores de 52 años, mientras que en el caso de la situación legal de desempleo es imprescindible haber trabajado previamente al menos 90 días.

Además, explica Maján, hay una situación especial por la que también se puede cobrar el subsidio: "Si en el momento en el que se produzca el agotamiento de la prestación o bien en la situación legal de desempleo no tenías 52 años, pero te mantienes inscrito ininterrumpidamente desde esa situación hasta que cumplas 52 años, ahí puedes solicitar el subsidio para mayores de 52 años y vas a acceder a él sin ningún problema".

En todo caso, resume el asesor, todos los beneficiarios del subsidio han de acreditar, además, dos condiciones adicionales: "Las rentas propias no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional y además requiere también seis años cotizados a desempleo".

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