
Ayuso quiere atraer más capital extranjero. Y para ello, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado luz verde al anteproyecto de ley que establece una deducción en el IRPF a las inversiones de los nuevos contribuyentes procedentes del extranjero. La normativa será aplicable a todas las operaciones que se hayan hecho en la región a partir del 1 de enero de este año.
Con esta medida, según la Comunidad de Madrid, se incentivará la llegada de nuevos inversores, favoreciendo la generación de empleo, la creación de nuevas empresas y el crecimiento de las que ya operan, reforzando así a la región madrileña como centro de atracción de inversiones, empresas y talento.
Según consta en el texto legal, la deducción en el IRPF asciende al 20% de las inversiones realizadas en obligaciones, bonos, letras del Tesoro, acciones de sociedades cotizadas y no cotizadas o aportaciones en sociedades limitadas, entre otras.
No obstante, para que un extranjero pueda beneficiarse de esta deducción debe fijar su residencia fiscal en Madrid durante al menos seis años y no puede haber sido residente en España durante los cinco años anteriores al cambio de residencia a territorio de la Comunidad de Madrid.
El beneficiario tampoco puede ejercer funciones ejecutivas ni de dirección o mantener una relación laboral con la entidad en la que haga sus aportaciones, al tiempo que tampoco puede invertir en entidades domiciliadas en paraísos fiscales.
La pérdida de la residencia en la Comunidad en el período de obligación de mantenimiento de la inversión o el incumplimiento de dicha obligación, incluyendo el supuesto de transmisión sin reinversión total, originarán la pérdida de la deducción.
La deducción podrá ser aplicada en el ejercicio en el que se produzca la inversión y en los cinco ejercicios siguientes inmediatos y sucesivos en caso de insuficiencia de cuota íntegra. El texto aprobado pasará ahora a la Asamblea autonómica para su tramitación parlamentaria antes de su entrada en vigor en los próximos meses.
Se elimina la deducción por vivienda
Cuando Isabel Díaz Ayuso anunció esta medida a finales de 2023 se especificó que los nuevos inversores también podrían deducirse la compra de una vivienda, un reclamo muy atractivo para el capital extranjero pero que desapareció del borrador del Anteproyecto de Ley presentado a mediados de marzo "para no tener más problema habitacional", según detallan fuentes de la Comunidad de Madrid. Algo similar a la eliminación de las Golden Visa por parte del Gobierno de Pedro Sánchez.
No obstante, en el Anteproyecto de Ley aprobado hoy en el Consejo de Gobierno regional se hace mención a la modificación de uno de los artículos que se refiere a la deducción por adquisición de la vivienda habitual en el caso de que el contribuyente madrileño tenga o adopte un hijo.
Este cambio de artículo invita a pensar que los inversores extranjeros pueden acceder a esta deducción al estar incluida en la normativa, pero el Ejecutivo de Ayuso ha explicado a elEconomista.es que "ha aprovechado la denominada 'ley Mbappe' para modificar la norma de los tributos cedidos del Estado y no tener que redactar un texto nuevo solo por el cambio en un párrafo".
Asimismo, Rubén Gimeno, secretario técnico del Consejo General de Economistas, ha indicado a elEconomista.es que, aunque los inversores extranjeros, al tener que cambiar su residencia fiscal a Madrid podrían acceder a la deducción por la compra de la vivienda habitual por tener o adoptar un hijo, esta devolución en el IRPF está condicionada a un límite de renta de 30.930 euros por unidad familiar, "una cantidad que estas grandes fortunas extranjeras superan con creces", por lo que no sería aplicable.