
Más de 3,3 millones de españoles (datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social) están registradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el RETA, desempeñando una tarea como profesionales por cuenta propia y formando parte de un grupo que se rige por normas especiales.
- Qué personas tienen que inscribirse obligatoriamente como autónomos
- Cómo darse de alta como autónomo
- Cómo darse de alta en Hacienda
- Cómo darse de alta en la Seguridad Social
Qué personas tienen que inscribirse obligatoriamente como autónomos
De acuerdo con el artículo 1 del Estatuto del trabajo autónomo (puede consultarse en este enlace), toda su regulación aplica a "las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena".
Cómo darse de alta como autónomo
La Seguridad Social explica en su página web que cualquier persona interesada en darse de alta como trabajadora autónoma ha de darse de alta en la propia Seguridad Social como trabajador por cuenta propia y además en la Agencia Tributaria o la Hacienda foral para hacer lo mismo en el Impuesto de Actividad Económica (IAE).
El organismo insiste en que "el alta en la Seguridad Social debe coincidir con el alta en Hacienda" y en que "ambas altas debes de realizarlas antes o en el mismo día de la fecha de inicio de la actividad".
Cómo darse de alta en Hacienda
La persona interesada en hacerse autónomo ha de completar la declaración censal a través del modelo 046 o el 047. Estos modelos se pueden cumplimentar tanto de forma online como presencialmente. El acceso a los modelos se realiza desde este enlace de la página web de la Agencia Tributaria.
Cómo darse de alta en la Seguridad Social
Import@ss, la plataforma de trámites online de la Seguridad Social, ofrece el servicio 'Alta en trabajo autónomo' (disponible en este enlace), en el que se puede tramitar ese alta en la actividad. Para ello, es necesario contar con un certificado digital (puede conseguirlo de forma sencilla), Cl@ve PIN o permanente (así puede registrarse), DNI electrónico o vía SMS (si ha registrado su número de teléfono en la base de datos de la Seguridad Social).
Para el trámite es necesario aportar la siguiente información:
- El Código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la Administración Tributaria.
- El código de actividad CNAE (salvo en el caso de los religiosos).
- La fecha de inicio de la actividad y su domicilio.
- La estimación de los rendimientos anuales.
- La selección de una base de cotización y los beneficios aplicables, si fuese el caso.
- La elección de una mutua colaboradora y la protección elegida.
- Un número IBAN de la cuenta en la que se desea domiciliar el pago de cuotas.