
La gran preocupación de los trabajadores a lo largo de su vida es acumular, en la medida de lo posible, la mayor cotización posible para tener así unas condiciones más favorables en todo lo que rodea a su pensión de jubilación.
De los años cotizados por un trabajador a lo largo de su vida laboral depende no solo la cuantía de su pensión de jubilación (lo cual es suficientemente importante de por sí, dado que será su fuente de ingresos cuando deje de percibir un sueldo), también la edad a la que podrá jubilarse y dejar de trabajar si así lo desea.
En ambos casos la clave se encuentra en la cotización: a más años cotizados, condiciones más ventajosas. En todo lo que concierne a la edad de jubilación, tener la mayor cotización posible puede otorgar al trabajador una edad de jubilación menor que a otros trabajadores con menores niveles de cotización.
La causa es que en España hay dos edades de jubilación ordinaria diferentes por la reforma de las pensiones de 2011, que se propuso retrasar la edad de jubilación de las personas que no lleguen a ciertos años cotizados. Esta reforma se está aplicando de forma progresiva y así se seguirá haciendo hasta 2027: cada año aumenta la edad de jubilación y ese nivel de cotización necesario para poder jubilarse a los 65 años, edad en vigor antes de la reforma.
A qué edad te jubilas con 21 años cotizados
El funcionamiento de la edad de jubilación en España hace que los trabajadores se pregunten a qué edad podrán jubilarse con los años que han llegado a cotizar. Por ejemplo: ¿a qué edad me podré jubilar con 21 cotizados?
Para contestar a esta pregunta hay que acudir a la reforma de las pensiones, que se expresó a través de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, que puede consultarse en este enlace. Su artículo 4 modificó la Ley General de la Seguridad Social para ir retrasando poco a poco la edad de jubilación en el caso de no llegar a una cotización que también aumenta anualmente.
El calendario progresivo para aplicar esta reforma deja las dos edades de jubilación que existen en 2024 y que dependen de la cotización acumulada:
- La edad de jubilación será de 66 años y seis meses si no se acreditan 38 años cotizados.
- La edad de jubilación será de 65 años si se acreditan 38 años cotizados.
Por eso, los trabajadores que han cotizado 21 años solo podrán jubilarse a partir de los 66 años y seis meses. Estas personas tampoco podrán beneficiarse de ninguna de las dos grandes opciones de jubilación anticipada, ya que exigen entre 33 y 35 años cotizados (la involuntaria y la voluntaria, respectivamente).
Qué pensión cobras si has cotizado 21 años cotizados
Las personas que han cotizado 21 años podrán cobrar una pensión contributiva de jubilación. Para saber su cuantía hay que acudir al método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social, que tiene en cuenta las bases de cotización del trabajador de los últimos 25 años (las suma y las divide entre 350) para obtener la base reguladora de la pensión. En este cálculo la Seguridad Social aplica coeficientes a todas las bases salvo las de los dos últimos años y los trabajadores (salvo autónomos y empleadas de hogar) tienen derecho a beneficiarse de la integración de lagunas para rellenar con bases ficticias los periodos sin cotizar.
Lo último que hay que hacer es determinar el porcentaje de la base reguladora a la que tiene derecho el trabajador, lo cual depende de los años y meses cotizados. La Seguridad Social concede diferentes porcentajes en función del tiempo cotizado:
- Con 15 años cotizados nos garantizamos el 50% de la base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 49 meses cotizados nos garantizamos un 0,21% de la base reguladora.
- Por cada uno de los siguientes 209 meses cotizados nos garantizamos un 0,19% de la base reguladora.
Teniendo en cuenta estas claves, una persona que ha cotizado 21 años tendrá una pensión de jubilación de una cuantía equivalente al 64,66% de la base reguladora.