Economía

Qué hay que hacer tras la muerte de un familiar pensionista: la Seguridad Social tiene que devolverte estas cantidades

Foto: Dreamstime.
La edad media de los pensionistas que percibieron alguna de las más de 10 millones de pensiones contributivas en diciembre de 2023 superó levemente los 62 años de media (datos de la Seguridad Social), una edad que se sitúa claramente por debajo de la esperanza de vida en nuestro país. Con todo, puede suceder (y en algún momento sucederá) que un pensionista fallezca contando una pensión a su favor. De ser así, ¿qué pasaría?

La Seguridad Social ha informado en su perfil de X (antes Twitter) de atención a la ciudadanía sobre todo lo que hay que hacer cuando un pensionista de nuestra familia (un padre, un abuelo...) fallece, con vistas a no tener problemas 'a posteriori' en forma de deudas y siempre con el objetivo de mostrar luz y ayudar en una circunstancia tan dolorosa como la muerte de un ser querido.

Qué tienes que hacer si fallece un familiar pensionista

Tal y como explica la Seguridad Social en su revista online, lo primero que hay que hacer es informar al organismo de la muerte del pensionista. "La defunción del pensionista la comunicarán los familiares y es obligatorio comunicarla en todo caso", asegura la institución, que advierte de que incumplir este mandato puede ser motivo de infracción.

Se puede comunicar el fallecimiento de un pensionista de varias formas:

El único documento que hay que entregar a la Seguridad Social es el acta de defunción del pensionista, que tras ser emitido por el médico ha de registrarse en el Registro Civil. El ciudadano tiene un plazo de 30 días hábiles para comunicar a la Seguridad Social el fallecimiento del pensionista.

La pensión que paga la Seguridad Social tras la muerte del pensionista

A pesar de su fallecimiento, hasta la fecha del mismo el pensionista habrá generado derecho a pensión, por lo que la Seguridad Social está obligada a liquidar la pensión y abonar a la familia las cantidades pendientes. El organismo explica que "las mensualidades ordinarias se abonan íntegras, incluida la correspondiente al mes en que se produzca la extinción del derecho", razón por la cual "cuando fallece un pensionista, la Seguridad Social le paga el mes completo, independientemente del día en que haya fallecido".

¿Y qué pasa con las pagas extra? El fallecido genera derecho a la parte proporcional correspondiente al periodo que transcurre desde la última paga extra y la muerte. La Seguridad Social explica que:

  • Si se trata de la paga extra de junio, se pagará una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre el mes de diciembre del año anterior y el mes del fallecimiento, ambos inclusive.
  • Si se trata de la paga extra de noviembre, se pagará una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre el mes de junio y el mes del fallecimiento, ambos inclusive.

Así, se pagará a los familiares el importe correspondiente de la paga extra junto al de la mensualidad del mes en el que se produjo el fallecimiento. Salvo en un caso: si esta fallecimiento no se ha tramitado en plazo será necesario pedir después el pago de la paga extra.

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