
Las familias numerosas son aquellas en las que los padres tienen tres o más hijos. Esta tipología de familia cuenta con una serie de ventajas de diferente índole, entre las que destacan las de tipo fiscal. En ese sentido, una de las medidas más conocidas en la deducción por familia numerosa.
La deducción por familia numerosa es "una deducción de la cuota diferencial" que se aplica "tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero", informa la Agencia Tributaria en su página web.
Esta deducción se puede aplicar en la deducción de la declaración de la Renta o bien se puede solicitar de forma anticipada siempre que se cumplan los requisitos exigidos por Hacienda. Solo hay que cumplir uno o varios de los siguientes:
- Realizar una actividad por cuenta ajena o propia dado de alta en un régimen de la Seguridad Social o una mutualidad.
- Recibir una prestación asistencial o contributiva del sistema de protección por desempleo.
- Recibir una pensión de la Seguridad Social o el régimen de Clases Pasivas.
- Ser un profesional no integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y percibir de las mutualidades de previsión alternativas prestaciones análogas a las anteriores.
Importe de la deducción por familia numerosa
El importe de la deducción es de 1.200 euros, es decir, 100 euros al mes. Esta cantidad se duplica (2.400 euros, 200 al mes) en el caso de familias numerosas de categoría especial.
"Puede haber más de una persona con derecho a la deducción por la misma familia numerosa", explica Hacienda, que informa de que en esa situación el importe se prorrateará entre todas ellas y a partes iguales, aunque se puede ceder el derecho a una sola.
Cómo pedir el abono anticipado de la deducción por familia numerosa
Para pedir el abono anticipado de la deducción por familia numerosa hay que rellenar y entregar el modelo 143, disponible en este enlace de la Agencia Tributaria y si se posee certificado digital (puede conseguirlo en varios pasos), Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente) o un DNI electrónico.
Para tener derecho a la deducción en un mes hay que cotizar al menos la mitad del tiempo de cada mes (15 días en el Régimen General, en los regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los Trabajadores del Mar o los restantes Regímenes especiales de la Seguridad Social o mutualidades alternativas a la Seguridad Social, o en su caso 10 jornadas reales en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y habiendo optado por bases diarias de cotización) o haber cobrado prestación o pensión.
Se puede solicitar el abono anticipado de la deducción desde el primer momento en el que se genere derecho a ella. Una vez se solicita no hay que volver a pedirla al año siguiente, salvo que se quiera cambiar la modalidad de cobro (de individual a compartida, o viceversa): en ese caso hay que hacerlo en el mes de enero.