
Más de tres millones de trabajadores están inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Todos ellos pueden darse de baja de dicho régimen cuando deseen finalizar su actividad profesional por cuenta propia, aunque para ello hay que hacerlo tal y como dice la Seguridad Social.
- El plazo para darse baja como autónomo en la Seguridad Social
- Cómo darse de baja como autónomo en la Seguridad Social
- Cómo darse de baja como autónomo en la Seguridad Social sin certificado digital
El plazo para darse de baja como autónomo en la Seguridad Social
Aunque la baja en el RETA puede tener cualquier tipo de causa, el autónomo debe cumplir con los pasos que le marca la ley y que tienen el objetivo de regular su actividad, incluso en los casos en los que se comunican las bajas.
En concreto, la Seguridad Social obliga a los autónomos a comunicar su baja un máximo de tres días después de la finalización de la actividad. Con todo, les permite programar dicha baja en un plazo máximo de dos meses.
Cómo darse de baja como autónomo en la Seguridad Social
Para darse de baja como autónomo, cualquier trabajador interesado puede servirse de Import@ss, la plataforma de trámites online de la Seguridad Social. Solo hay que usar su servicio 'Baja en trabajo autónomo', disponible en este enlace.
La Seguridad Social explica que, en el momento de tramitar la baja, es necesario indicar la fecha de fin de la actividad, el motivo de la baja y el código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de cada una de las actividades comunicadas y la administración tributaria correspondiente. Además, informa el organismo, es posible que en algunos casos se solicite documentación adicional.
Para poder usar este servicio, no obstante, es necesario contar con un certificado digital (así puede conseguirlo), Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente), DNI electrónico o hacer el trámite vía SMS (si el número de teléfono está registrado en la base de datos de la Seguridad Social).
Cómo darse de baja como autónomo en la Seguridad Social sin certificado digital
En caso de no contar con ninguno de estos métodos de identificación, el autónomo puede darse de baja en el RETA mediante otro servicio de Import@ss, el de 'Enviar una solicitud' (que está disponible en este enlace).
Para ello, hay que aportar una dirección de correo electrónico, rellenar un formulario con los datos personales, adjuntar las dos caras del DNI y hacerse un selfie desde el dispositivo con el que se realiza el trámite y mostrando la cara delantera del DNI a fin de verificar la identidad del solicitante.
En la solicitud hay que indicar el trámite que se desea realizar (en este caso, la baja como autónomo) y la documentación necesaria a tal efecto.