Economía

Cuánto tiempo de paro me corresponde por 1 año trabajado

Foto: EP.

El paro es la prestación contributiva por desempleo y la ayuda principal que ofrece el sistema para las personas que han perdido su trabajo, ya que se trata de la ayuda de más cuantía de todas por desempleo. Pero, por su naturaleza contributiva, es también de las más difíciles de conseguir porque obliga a acumular cotizaciones.

Es por eso que, conforme pasa el tiempo, los trabajadores se pregunten si tienen derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo con sus cotizaciones acumuladas o si necesitan más para poder cubrirse económicamente en caso de perder su trabajo.

Se trata de una pregunta frecuente para las personas que han llegado a un año cotizado. ¿Tienen derecho a paro? Y si es así, ¿durante cuánto tiempo podrán percibir el paro? Todas las respuestas a esas preguntas están en la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarla en este enlace del Boletín Oficial del Estado), que legisla todo lo referente a las prestaciones por desempleo.

A cuánto paro tienes derecho con un año trabajado

El artículo 269 de la ley establece que el periodo mínimo de cotización para poder percibir la prestación contributiva por desempleo es de 360 días, por lo que con una cotización de un año el trabajador que se quede en desempleo podrá solicitar y cobrar el paro.

La siguiente pregunta que se hace el trabajador al saber que puede cobrar el paro es durante cuánto tiempo lo hará. La respuesta también se da en ese artículo 269, que establece que las personas que hayan cotizado entre 360 y 549 días tendrán derecho a 120 días de paro, es decir, cuatro meses.

Cuánto paro cobras con un año cotizado

Durante ese tiempo la cuantía del paro de la persona en cuestión será del 70% de su base reguladora. Dicha base reguladora será la media de las bases de cotización por contingencias profesionales de los 180 días anteriores al hecho causante, sin contar las horas extraordinarias, tal y como informa el Servicio Público de Empleo Estatal en su página web.

Con todo, la normativa establece límites a la cuantía del paro y se contemplan cuantías mínimas y máximas de esta prestación contributiva por desempleo:

-La cuantía mínima del paro es del 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) incrementado en una sexta parte para personas sin hijos a cargo y del 107% del IPREM incrementado en una sexta parte para personas con hijos a cargo: 560 y 749 euros mensuales, respectivamente.

-La cuantía máxima del paro es del 175% del IPREM para personas sin hijos a cargo, del 200% del IPREM para personas con un hijo a cargo y del 225% del IPREM para personas con dos hijos a cargo, incrementados todas estas cuantías en una sexta parte: 1.225 euros, 1.400 euros y 1.575 euros mensuales, respectivamente.

Los requisitos para cobrar el paro

Estos son los requisitos que exige la normativa por desempleo. Son de obligatorio cumplimiento tanto en el momento de la solicitud de la prestación como durante todo el tiempo de cobro de la misma:

-Estar en una situación de alta o asimilada a la Seguridad Social.

-Estar en una situación legal de desempleo (el SEPE recoge todos los supuestos en este enlace de su página web).

-Estar inscrito como demandante de empleo (así se puede hacer de forma sencilla).

-Suscribir el compromiso de actividad con el SEPE.

-Haber cotizado un mínimo de un año en concepto de desempleo.

-No haber cumplido la edad de jubilación ordinaria.

-No desempeñar un trabajo por cuenta propia o ajena por tiempo completo.

-No cobrar ninguna pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

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