
El Ingreso Mínimo Vital llegó a España a mediados de 2020 y, cerca de cumplir, tres años de vida, en la actualidad da cobertura a más de 1,7 millones de ciudadanos. Sin embargo, todavía quedan cientos de miles de personas que podrían ser potenciales beneficiarias de esta renta garantizada.
Todas las personas interesadas en conseguir el Ingreso Mínimo Vital pueden solicitar esta renta garantizada en los canales oficiales de la Seguridad Social, sin necesidad de contar con métodos de acceso especiales como el certificado digital (que puede conseguir en cuatro sencillos pasos) o Cl@ve (así puede descargar Cl@ve PIN o permanente).
Una de las preguntas más frecuentes cuando esas personas ya han entregado la solicitud es la de cuánto tiempo tardará la Seguridad Social en responder a su solicitud. Hay que recordar que muchos de los potenciales beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital forman parte de familias vulnerables con menores de edad a cargo, por lo que la concesión del IMV es muy importante y el cobro cuanto antes de la renta garantizada es casi una necesidad.
La normativa obliga a la Seguridad Social a no alargar más de lo debido ese tiempo de espera para el solicitante del Ingreso Mínimo Vital, una forma de proteger en la medida de lo posible a una persona vulnerable que necesita urgentemente una fuente de ingresos estable y que necesita saber si contará con ese dinero o tendrá que intensificar la búsqueda de empleo o nuevas vías de ayudas sociales.
La propia Seguridad Social explica en su página web que el plazo máximo para contestar a una solicitud de Ingreso Mínimo Vital es de seis meses. El contador empieza en el momento en el que la solicitud del ciudadano llega al organismo.
Este plazo máximo no deja de ser una fecha tope que empuja a la Seguridad Social a responder la solicitud del ciudadano lo más rápido posible. De hecho, en la mayoría de los casos el organismo tarda menos tiempo en comunicar si concede o deniega el Ingreso Mínimo Vital.
No obstante, a la hora de conocer hasta qué día tiene que esperar para saber si tendrá o no el Ingreso Mínimo Vital, el ciudadano debe tener en cuenta que la respuesta de la Seguridad Social no tiene por qué llegar dentro de esos seis meses. De hecho, el organismo informa en su página web de que las solicitudes se resolverán "incluso si hubieran transcurrido más de seis meses desde su presentación".
Eso sí, en el caso de que pasados los seis meses no se hubiese recibido la comunicación de la Seguridad Social, y sabiendo que llegará con posterioridad, el ciudadano debe saber que la solicitud de Ingreso Mínimo Vital se entenderá como denegada por la existencia de silencio administrativo.
En esos casos, y en el resto de denegaciones, el ciudadano tendrá un plazo de 30 días para recurrir la decisión de la Seguridad Social, con lo que el proceso se alargará. El organismo tiene un plazo de 45 días para contestar si concede o rechaza el Ingreso Mínimo Vital, y en caso de silencio administrativo se entenderá de nuevo denegada la prestación.
A partir de qué día se cobra el Ingreso Mínimo Vital
Si el ciudadano ve reconocido su derecho al cobro del Ingreso Mínimo Vital es probable que se haga una pregunta: ¿cuándo empezaré a cobrarlo? Todo depende de la fecha en la que se le aprobó el cobro: si es antes del día 10 o 12 de mes, lo tendrá en su cuenta a principios del mes siguientes. Por el contrario, si se le reconoció más tarde tendrá que esperar más allá de un mes, hasta inicios del mes siguiente, para percibir el IMV.
Al margen de la fecha en la que comience a percibirse el Ingreso Mínimo Vital, es igualmente importante saber en qué momento se generó el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital. Esto es especialmente importante cuando transcurre cierto tiempo entre la entrega de la solicitud y la resolución de la Seguridad Social, ya que el ciudadano tendrá derecho a cobrar desde el primer día del mes siguiente a la entrega de la solicitud.