Economía

Este es el bonus en las pensiones de jubilación de las mujeres: así es la cuantía en cada caso

  • Se trata del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones
  • Ha aumentado tras la subida con el IPC y está en 30,40 euros mensuales
  • La mayoría de sus destinatarios son mujeres pero pueden cobrarlo hombres
Foto: Dreamstime.

La brecha salarial de género es un problema que afecta a las mujeres durante buena parte de su carrera laboral y no solo viene originada por la desigualdad en las remuneraciones de las empresas, ya que también se amplía por circunstancias tan inherentes a la mujer como la maternidad.

Si una mujer se queda embarazada está obligada a sufrir parones en su actividad laboral, lo cual puede repercutir en materia de cotización. Un problema que puede ser más agudo en el caso de las mujeres que deciden prolongar esa interrupción en la cotización para dedicarse a la crianza de su hijo o y hija.

Como no podía ser de otra manera, estas interrupciones en la cotización de las mujeres trabajadoras tienen un impacto negativo en las cuantías de sus pensiones de jubilación, otra remuneración en la que existe una brecha de género ante la que la Seguridad Social lucha de una forma concreta: mediante el pago de un complemento en las pensiones de las trabajadoras que han sido madres.

Así, todas las pensiones contributivas de mujeres que han sido madres tienen complementos para reducir la brecha de género, el bonus en la pensión "con el que se persigue reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos que se proyecta en el ámbito de las pensiones", explica la Seguridad Social en su página web.

La cuantía del complemento para reducir la brecha de género

Con el aumento de las pensiones en un 8,5% (el promedio de la inflación interanual hasta noviembre de 2022), con la entrada del nuevo año las cuantías del complemento para reducir la brecha de género se han incrementado, de tal forma que actualmente es de 30,40 euros mensuales por hijo o hija, de tal forma que:

-Las mujeres que tuvieron un hijo o hija tendrán un complemento de 30,40 euros mensuales.

-Las mujeres que tuvieron dos hijos o hijas tendrán un complemento de 60,80 euros mensuales.

-Las mujeres que tuvieron tres hijos o hijas tendrán un complemento de 91,20 euros mensuales.

-Las mujeres que tuvieron cuatro o más hijos o hijas tendrán un complemento de 121,60 euros mensuales.

Estas cantidades no se tendrán en cuenta a la hora de determinar la cuantía máxima de las pensiones. O lo que es lo mismo: una mujer que cobrase la pensión máxima tendría derecho a percibir, además, el complemento para reducir la brecha de género.

Hasta cuándo se cobrará el complemento para reducir la brecha de género

No todas las mujeres pueden percibir estos complementos: solo las que se jubilaron a partir de la implantación del complemento, el 4 de febrero de 2021. El resto de mujeres percibirán el anterior complemento por maternidad, que fue sustituido por el actual y que solo aportaba determinados porcentajes sobre la pensión para mujeres con dos o más hijos.

El cobro de este complemento no es indefinido, ya que se creó (como su propio nombre indica) para reducir la brecha de género. El Gobierno puso un objetivo que, de cumplirse, llevaría a la desaparición del complemento: reducir esa brecha de género a menos de un 5%.

Los casos en que los hombres pueden cobrar el complemento

La naturaleza del complemento hace que se destine de manera mayoritaria a las mujeres (son más del 94% de destinatarias del total), pero lo cierto es que la normativa permite ciertos casos en los que los padres pueden cobrar el complemento en lugar de la madre. Para ello, eso sí, deben acreditar de forma contundente que ellos fueron más 'perjudicados' en su carrera laboral a raíz del nacimiento del hijo o hija:

-En el caso de nacimientos anteriores a 1995 deben demostrar al menos 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores al parto.

-En el caso de nacimientos a partir de 1995 deben demostrar que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento es al menos un 15% inferior a la suma de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al nacimiento.

Si los dos miembros de la pareja tuviesen derecho a percibir el complemento para reducir la brecha de género lo cobraría la persona que tuviese una cuantía de la pensión de jubilación más baja, explica la Seguridad Social.

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Comentarios 2

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Usuario validado en elEconomista.es
BearcatF8
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Esto es simplemente otra sinvergonzonería que nos discrimina a los hombres.

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Juan
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Pues yo no se si será discriminatorio pero un servidor lo ha reclamado y lo estoy cobrando. Y es mas, me han pagado con efectos retroactivos desde que me jubilé.

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#2