Economía

Así puedes cobrar a la vez una pensión de jubilación y otra de viudedad: esta es la cuantía que te queda

  • La Seguridad Social considera compatibles ambas prestaciones
  • Solo hay que cumplir los requisitos para cada una de ellas
Foto: Dreamstime.

Las pensiones de jubilación y las de viudedad engloban la gran mayoría del gasto en pensiones contributivas mes a mes. No es para menos: su coste es de 9.750 de los más de 10.900 millones de euros que para la Seguridad Social mes a mes, según los datos del organismo. Entre los beneficiarios de estas dos pensiones suman más de 7,8 millones de personas, pero en algunos casos puede darse la circunstancia de que una misma persona cobre las dos pensiones a la vez.

La normativa de la Seguridad Social restringe el cobro de varias pensiones contributivas a la vez y de hecho lo prohíbe "a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente", según explica el artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social (que se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado).

Sin embargo, en el caso de que una persona tenga derecho a percibir una pensión de jubilación y una de viudedad podrá cobrar las dos a la vez. Sucede, por ejemplo cuando un trabajador o trabajadora que percibía una pensión de viudedad por el fallecimiento de su cónyuge pasa a jubilarse después de cumplir los requisitos para la jubilación. También si un jubilado que cobra su pensión y ve cómo su cónyuge fallece podrá cobrar la prestación.

La Seguridad Social lo resume de forma clara en su página web: "La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación a la que tuviera derecho". Por lo tanto, solo hay que cumplir con los requisitos para cobrar ambas pensiones y se podrá compatibilizar ese cobro.

Cómo cobrar una pensión de jubilación

Para poder percibir una pensión contributiva de jubilación es necesario acreditar una cotización de al menos 15 años, de los cuales es obligatorio que dos se den en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de la jubilación. Además, es imprescindible estar al corriente de pago con la Seguridad Social y acceder desde una situación de alta o asimilada, salvo excepciones.

Y, por supuesto, también es necesario cumplir la edad ordinaria de jubilación (si no se accede a una jubilación anticipada), que en 2022 es de 66 años y dos meses para las personas con menos de 37 años y seis meses cotizados y de 65 años para el resto.

Cómo cobrar una pensión de viudedad

En lo que respecta a las pensiones de viudedad, lo primero que debe darse es ese hecho causante, que es el fallecimiento del cónyuge. Pero no basta con eso, ya que para que el superviviente tenga derecho a la pensión deben cumplirse otras condiciones:

-En los casos de muerte por contingencia común se pide al fallecido una cotización de al menos 500 días en los últimos cinco años.

-En los casos de enfermedad común anterior al matrimonio, el superviviente debe acreditar la existencia de hijos en común, la duración de al menos un año de ese matrimonio o dos años de convivencia.

-En una pareja de hecho el superviviente debe acreditar el registro de esa pareja de hecho al menos dos años antes y o bien la existencia de hijos en común o una convivencia de cinco años.

-En separaciones judiciales o divorcios es necesario acreditar el cobro de una pensión compensatoria y que no se forma parte de un nuevo matrimonio o pareja de hecho. En el caso de que la separación o el divorcio fuese antes de 2008 no será necesario acreditar el requisito de la pensión compensatoria si entre la muerte y la separación pasaron menos de 10 años, si el matrimonio duró al menos 10 años o si bien hubo hijos en común o el beneficiario tiene 50 años. En casos de violencia de género tampoco es necesario acreditar el cobro de la pensión.

La cuantía de una pensión de jubilación

Para saber la cuantía es necesario usar el método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social. En primer lugar hay que obtener la base reguladora sumando las bases de cotización de los últimos 25 años (300 bases) y dividir eso entre 350. En el cálculo la Seguridad Social puede aplicar coeficientes a las bases de todos los años salvo los dos últimos para reflejar el efecto de la inflación y los trabajadores del Régimen General pueden beneficiarse de la integración lagunas para rellenar con bases ficticias los periodos sin cotizar.

El siguiente paso es conocer el porcentaje de base reguladora al que tiene derecho el trabajador. Eso se determina a través de los años cotizados durante la vida laboral:

-Con el mínimo de 15 años se consigue el 50% de la base reguladora.

-A partir de ahí por cada uno de los 106 meses siguientes se obtiene un 0,21% extra de la base reguladora.

-Por cada uno de los siguientes 146 meses se obtiene un 0,19% extra de la base reguladora.

Si el trabajador opta por una jubilación anticipada tendrá que asumir recortes en la cuantía de la pensión de jubilación. Estos recortes dependen de la modalidad de jubilación anticipada escogida, del tiempo de adelanto y de la duración de su carrera laboral. Pueden consultarse en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, disponible en este enlace del Boletín Oficial del Estado.

La cuantía de una pensión de viudedad

La normativa contempla diferentes porcentajes de la base reguladora para el beneficiario de esta pensión que varían en función de su situación personal. Las bases reguladoras dependen tanto de la situación en la que se encontraba el causante como del origen del fallecimiento y se encuentran en este enlace de la página web de la Seguridad Social.

-El 52% de la base reguladora del fallecidocon carácter general.

-El 60% de la base reguladora cuando el beneficiario tenga 65 años o más, no tenga derecho a otra pensión pública, no perciba ingresos por actividades por cuenta propia o ajena y no tenga rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o actividades económicas por encima de 7.707 euros anuales.

-El 70% de la base reguladora si se acreditan cargas familiares (hijos menores de 26 años o mayores de 26 años a partir de un 33% de discapacidad y un nivel de ingresos no superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional), la pensión es la principal fuente de ingresos (al menos el 50% del total) y si el conjunto de ingresos anuales es menor a la suma del límite para el complemento por mínimos de las pensiones contributivas y la cuantía mínima de la pensión de viudedad con cargas familiares.

La cuantía máxima que puedes cobrar con dos pensiones

Por lo tanto, la persona que tenga derecho a cobrar una pensión de jubilación y una pensión de viudedad a la vez podrá sumar el importe de ambas prestaciones, dado que son compatibles entre sí y la normativa no pone problemas.

Sin embargo, la suma de las dos pensiones no podrá superar en ningún momento la cuantía máxima de las pensiones, que para 2022 es de 2.819,18 euros mensuales. En el caso de que, sumadas, las dos pensiones tengan una cuantía superior se les restará cuantía hasta llegar a esa cuantía máxima.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky